Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Noviembre de 2012, número de resolución KLAN201201478
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN201201478 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 30 de Noviembre de 2012 |
JULIO ÁNGEL MOJICA GARCÍA, ANAMARIS VÁZQUEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES CONSTITUIDA ENTRE AMBOS Apelantes v. ROXANNE MARIE RODRÍGUEZ PAGÁN, FULANO DE TAL Apelados | | Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas Civil Núm. EFI2011-0006 Sobre: Impugnación de Paternidad |
Panel integrado por su presidenta, la Juez Coll Martí, la Juez Jiménez Velázquez, la Juez Domínguez Irizarry y la Juez Lebrón Nieves.1
Coll Martí, Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 30 de noviembre de 2012.
Comparecen el Sr. Julio Ángel Mojica García, Anamaris Vázquez y la Sociedad Legal de Gananciales constituida entre ambos, y apelan de una Sentencia emitida el 21 de junio de 2012, archivada en autos el 26 de junio del mismo año. En dicha Sentencia el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, ordenó el cierre y archivo del caso sobre impugnación de paternidad, por no haberse realizado trámite alguno durante los seis (6) meses anteriores.
El 3 de julio de 2012 los apelantes solicitaron la reconsideración, que fue denegada mediante una Resolución del 12 de julio de 2012, y archivada el 15 de julio de 2012.
Ante ello, apelan ante este Foro y exponen sus razones por las cuales no se llevó a cabo trámite en el caso durante poco mas de seis meses, solicitándonos que aceptemos dichas razones como justificadas.
Por los fundamentos que particularizamos mas adelante, confirmamos la determinación del foro primario al desestimar la causa de acción, aunque por bases jurisprudenciales diferentes.
La parte apelante presentó, el 3 de junio de 2011, una demanda de impugnación de paternidad, cobro de dinero y daños y perjuicios. En ella alegaba, en esencia, que había estado casado con la apelada desde el 30 de julio de 2004, que el 10 de octubre de 2005 nació un niño que fue inscrito como hijo del demandante, y que la apelada le hizo creer que era hijo suyo; que las partes se divorciaron el 5 de septiembre de 2008 y se le impuso una pensión alimentaria al apelante; que el apelante notó que el niño a medida que crecía no se parecía a él, decidió llevar a cabo una prueba de histocompatibilidad y que la misma arrojó que, en efecto, existe un cero porciento de probabilidad de que el apelante sea el padre del menor.
Se expidió entonces...
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