Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Noviembre de 2012, número de resolución KLAN201200169

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201200169
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2012

LEXTA20121130-098 LES Rodin V.

Wagner Menéndez

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL IV

LES RODIN
Demandante-Apelado
v.
RUDOLPH WAGNER MENENDEZ y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por él y FULANA DE TAL
Demandados-Apelantes
KLAN201200169
APELACIÓN Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan CIVIL NÚM.: K CD2009-1972 (506) SOBRE: Convalidación y Reconocimiento de Sentencia Extrajera/Execuátur

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Fraticelli Torres, el Juez Hernández Sánchez y el Juez Ramos Torres

Ramos Torres, Juez Ponente

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de noviembre de 2012.

Comparece ante este Tribunal de Apelaciones el señor Rudolph Wagner Menéndez (señor Wagner) y nos solicita que revisemos una sentencia emitida el 23 de diciembre de 2011 por la Sala Superior de San Juan del Tribunal de Primera Instancia (TPI). Mediante dicho dictamen el TPI desestimó sin perjuicio una petición de exequátur.

Por los fundamentos expuestos a continuación, modificamos la sentencia apelada.

I.

El 21 de mayo de 2009 Les Rodin (el señor Rodin) presentó una petición de exequátur. En la misma alegó que el señor Wagner le vendió por la suma de $9,750.00 un vehículo de motor marca Pontiac, modelo GTO. Supuestamente el señor Wagner le informó que el auto había sido restaurado y se hallaba en excelentes condiciones. Sostuvo que además del precio de venta sufragó los gastos de transportación del mencionado vehículo de Puerto Rico a California por la suma de $2,180.00.

Planteó que cuando recibió el auto, el mismo tenía serios defectos que imposibilitaban su uso. Añadió, que su representante legal se comunicó con el señor Wagner para rescindir la compraventa pero este se negó a devolver el dinero. En consecuencia, adujo que presentó una demanda de incumplimiento de contrato por la suma de $12,362.50 ante el Tribunal de California. Señaló que el señor Wagner nunca contestó la demanda y el Tribunal de California dictó sentencia en rebeldía por la suma de $12,362.50. Arguyó que tras varios intentos aún no ha podido ejecutar su sentencia, por lo que presentó la presente petición. 1

El 19 de junio de 2009 el foro primario emitió una resolución concediéndole noventa (90) días al señor Rodin para que acreditara haber emplazado al demandado. Aclaró que “[d]e no acreditarse el diligenciamiento del (de los) emplazamiento(s) dentro del referido término, el Tribunal procederá a dictar sentencia de desestimación sin perjuicio”.

El 3 de julio de 2009 el señor Rodin presentó una petición de exequátur enmendada. El 10 de julio de 2009 el foro de instancia declaró con lugar la enmienda y mantuvo en vigor su resolución de 19 de junio de 2009. El 14 de septiembre de 2009 emitió una orden solicitándole al señor Rodin que mostrara causa en un plazo de cinco (5) días por haber incumplido con la resolución de 10 de julio de 2009, so pena de desestimación. El 14 de octubre de 2009 el

señor Rodin presentó una moción urgente solicitando remedios, en la que requirió al tribunal que le fuera expedido el emplazamiento del señor Wagner para poder diligenciarlo. El 22 de octubre de 2009 el TPI emitió una resolución y declaró ha lugar la solicitud del señor Rodin. Además, le concedió treinta (30) días para diligenciar el emplazamiento.

Pasado el término dispuesto por el tribunal sin que el señor Rodin diligenciara el emplazamiento, el 19 de enero de 2010 dicho foro dictó sentencia desestimando sin perjuicio la reclamación.

El 26 de enero de 2010 el señor Rodin presentó una moción informativa. En la misma sostuvo que le había sido imposible emplazar al señor Wagner. Añadió que la emplazadora suscribiría una declaración jurada, en la que enumeraría las gestiones realizadas a tales fines. Adujo que una vez tuviese la aludida declaración jurada también solicitaría permiso para emplazar al señor Wagner por edicto. El 11 de febrero de 2010 el foro primario emitió una resolución en la que dispuso lo siguiente:

La sentencia fue sin perjuicio, no empece el hecho de que la demanda se presentó el 21 de mayo de 2009, más de 6 meses antes. Se sostiene la sentencia.

El 24 de febrero de 2010 el señor Rodin presentó una solicitud de relevo de sentencia y de reconsideración, en la que alegó que no había podido diligenciar el emplazamiento ya que el mismo fue expedido por el tribunal el 27 de octubre de 2009 y, a pesar, de las la múltiples gestiones no había podido localizar al señor Wagner. Además, sostuvo que previo a que el tribunal dictara sentencia sometió una moción informándole que iba a ser necesario emplazar al señor Wagner por edicto. Anejó a dicha moción una declaración jurada de la emplazadora, la señora Carmen Delgado, en la que esta señaló todos los trámites efectuados para contactar al señor Wagner, los cuales resultaron infructuosos. El 4 de marzo de...

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