Sentencia de Tribunal Apelativo de 7 de Diciembre de 2012, número de resolución KLAN2012-01679
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN2012-01679 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 7 de Diciembre de 2012 |
LEXTA20121207-005 PR Telephone V. Worldnet Telecommunications
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES
REGION JUDICIAL BAYAMON
PUERTO RICO TELEPHONE CO. INC. APELANTE V. WORLDNET TELECOMMUNICATIONS INC. APELADA | KLAN2012-01679 | APELACIÓN PROCEDENTE DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE BAYAMON CASO NUM.: DPE2012-0537 SOBRE: INJUNCTION | ||||
Panel integrado por su presidente el juez Escribano Medina, el juez Bermúdez Torres y la juez Ortiz Flores
En San Juan, Puerto Rico a 7 de diciembre de 2012.
Comparece WorldNet Telecommunications, Inc. (en adelante WorldNet), como parte apelante en este caso. Solicita revoquemos la Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón (Hon. Griselle M.
Robles Ortíz), el 31 de julio de 2012. Alega que dicha Sentencia erradamente ignora la facultad que tiene la Corporación para acudir a un Foro Arbitrario a solucionar una controversia surgida entre ésta y Puerto Rico Telephone Company, Inc. (en adelante PRTC). Le asiste la razón. Veamos.
WorldNet y PRTC suscribieron, entre sí, un acuerdo de interconexión, titulado Landline Operations Interconnection, Unbuilding, and Re-Sale Agreement by and between Puerto Rico Telephone Company, Inc. and WorldNet, Inc. (ICA), el cual entró en vigor el 24 de noviembre de 2010. El mismo se llevó a cabo con el propósito de ofrecer servicios y facilidades de telecomunicaciones.
El 9 de mayo de 2012, WorldNet presentó Petición de Arbitraje (Demand for Arbitration) ante la Asociación Americana de Arbitraje (AAA), mediante la cual, cuestionó la determinación de precios que estableció PRTC para el acceso y uso ciertas facilidades de la red, denominadas entrance facilities o DS3.
Señaló WorldNet, los precios establecidos eran contrarios a las disposiciones de la ICA. La aquí apelada entendió que a través de la Sección 29.1.4 de los Términos y Condiciones Generales de la ICA
(General Terms and Conditions of the ICA), las partes envueltas acordaron resolver dicha disputa ante la AAA. Solicitó al Foro de Arbitraje declarara que las facilidades utilizadas por WorldNet no constituían entrance facilities, que determinara inválidos los cargos adicionales cobrados por PRTC, emitiera un cese y desista impidiendo que PRTC continuara facturando los mismos, y ordenase a PRTC devolver a WorldNet todo cargo inválido previamente pagado por éste.
El 29 de mayo de 2012, PRTC presentó Demanda Sobre Sentencia Declaratoria y Solicitud de Injunction Preliminar y Permanente, ante el Tribunal de Primera Instancia. Solicitó al Tribunal que detuviera el proceso de arbitraje iniciado por WorldNet ante la AAA. Argumentó que la AAA carecía de jurisdicción para atender la controversia, toda vez que la Sección 29.2 de los Términos y Condiciones Generales de la ICA, requiere que ambas partes diluciden ante la Junta Reglamentadora de Telecomunicaciones de Puerto Rico (en adelante Junta), toda disputa surgida sobre determinación de precios concerniente a la ICA. Así también alegó no haber sido notificada del procedimiento de arbitraje iniciado, conforme a la Ley de Arbitraje de Puerto Rico, Ley Núm. 376 de 8 de mayo de 1951, 32 L.P.R.A. § 2201, et seq.
Posteriormente, el 27 de junio de 2012, WorldNet presentó moción de desestimación. Reiteró ambas corporaciones expresamente acordaron, conforme a la Sección 29.1.4.7, resolver ante la AAA todas las disputas resultantes de disposiciones contenidas en la ICA. El 3 de julio de 2012, WorldNet presentó ante la Junta una Solicitud de Emergencia (Motion for Immediate Relief Under Board Rule 38 and Emergency Order to Provision DS1 and DS3 Orders). Alegó que PRTC había comenzado a rechazar las órdenes de WorldNet para proveer nuevas facilidades DS3. El 9 de julio de 2012, PRTC presentó ante la Junta un Escrito en Oposición a la Moción de WorldNet (Opposition to Worldnets motion).
El 31 de julio de 2012, el Tribunal de Primera Instancia emitió
Sentencia. Expuso un claro análisis sobre el procedimiento de arbitraje para la solución de controversias, y sobre las disposiciones contractuales contenidas en el ICA, específicamente, las secciones 29.1 y 29.2. Entendió la controversia instada en el caso de epígrafe giraba principalmente en torno a la adjudicación de precios. Señaló que las partes previamente habían acordado atender éste tipo de controversias ante la Junta, conforme a la Sección 29.2, razón por la cual correspondía dirimir la misma ante el Foro Administrativo. Concluyó que resolver distinto sería obviar aquellas cláusulas contenidas en la ICA, que específicamente refieren a la Junta para la solución de las disputas de precio, además que encarecería el proceso, toda vez que un árbitro terminaría finalmente refiriendo el asunto ante la Junta.
El 1 de agosto de 2012, la Junta emitió orden tituladaOrder Granting Motion for Order to Provision DS1 and DS3 Orders. Señaló la Sección 29.2 fue adoptada para ser aplicada ante controversias relacionadas a circunstancias limitadas, en las cuales las partes dilucidan un precio no contemplado por la ICA. Indicó la ICA establece precios para losentrance facilities, razón por la cual no existe base para requerir a la Junta el re-arbitrar el precio de servicios que ya ha sido previamente establecido. (Apéndice, pág. 106). Determinó, que la Sección 29.2 no provee base a PRTC para rehusar prohibir un servicio sobre el cual ya existe un precio determinado bajo la ICA (Apéndice, pág. 104). Así también expresó que la Sección 29.2 no aplica a disputas que envuelven la indemnización por daños. Ordenó a PRTC aceptar las órdenes para servicios sometidas por WorldNet, y comenzar cumplir las mismas en acorde con los términos establecidos en...
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