Sentencia de Tribunal Apelativo de 13 de Diciembre de 2012, número de resolución KLRA201200586

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201200586
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2012

LEXTA20121213-014 Calderon Escalera v. Negociado de Impuesto al Consumo

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL III

JOCELYN CALDERÓN ESCALERA
Recurrente
V.
NEGOCIADO DE IMPUESTO AL CONSUMO
Recurrido
KLRA201200586 Revisión Administrativa procedente del Departamento de Hacienda Secretaría de Procedimiento Administrativo Multas Administrativas y Penalidades del Código de Rentas Internas Caso Núm.: 2011-IVU-633

Panel integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario y los Jueces Piñero González y Rodríguez Casillas.

Rodríguez Casillas, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 13 de diciembre de 2012.

El 12 de julio de 2012 la señora Joselyn Calderón Escalera (en adelante la recurrente) presentó un recurso de revisión judicial, por derecho proprio, en el que nos solicitó la revocación de una resolución emitida por la Oficina de Procedimiento Adjudicativo Administrativo en la que sostuvo una Notificación de Multas Administrativas y Penalidades emitida por el Negociado de Impuesto al Consumo del Departamento de Hacienda de P.R. (en adelante NIC o la parte recurrida). En resumen dicha resolución dictada el 12 de abril de 2012,1 se sostuvo el pago de una multa administrativa de diez mil 10,000.00 dólares.

Resolvemos que el presente recurso fue presentado vencido el término jurisdiccional de treinta días (30) establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (en adelante L.P.A.U.). Veamos.

-I-

Los hechos y el tracto procesal que originan el presente recurso de revisión judicial se resumen a continuación.

El 19 de marzo de 2011 agentes de Rentas Internas del Departamento de Hacienda intervinieron en el negocio de venta de dulces de la recurrente. Los agentes expidieron una multa administrativa de $11,500.00 dólares contra la recurrente por las siguientes violaciones: (a) dejar de registrarse en el Registro de Comerciantes; (b) dejar de exhibir el certificado en un lugar visible de su negocio; y (c) no reportar la pérdida, robo o destrucción del certificado.

Ante esa multa impuesta, el 1 de abril de 2011 la recurrente presentó una querella ante la Oficina de Procedimiento Adjudicativo del Departamento de Hacienda. Alegó que no tenía conocimiento de que para vender dulces necesitaba un registro de comerciante. También, adujo que comenzó a vender dulces el 12 de marzo de 2011, por lo tanto, entendía que la multa impuesta era muy alta para el poco tiempo que llevaba vendiendo dulces. Asimismo expresó que la venta de dulces tenía el propósito de pagar los costos de la graduación de sus hijos. En conclusión, solicitó que se tomara en consideración lo alegado para que se dejara sin efecto la multa impuesta.

El 14 de abril de 2011 el Negociado de...

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