Sentencia de Tribunal Apelativo de 21 de Diciembre de 2012, número de resolución KLRA201100219

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201100219
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2012

LEXTA20121221-004 Rodríguez Nieves v. Banco Gubernamental de Fomento para PR

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL IV

EDGARDO RODRÍGUEZ NIEVES Recurrente V BANCO GUBERNAMENTAL DE FOMENTO PARA PUERTO RICO Recurrido KLRA201100219 Revisión Administrativa Procedente del Banco Gubernamental de Fomento SOBRE: IMPUGNACIÓN SOBRE ACCIÓN DE PERSONAL

Panel integrado por su presidente, el Juez Cortés Trigo, la Jueza Colom García y el Juez Vizcarrondo Irizarry

Vizcarrondo Irizarry, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 21 de diciembre de 2012.

Comparece ante nos Edgardo Rodríguez Nieves (Sr. Rodríguez Nieves) y solicita revisión de la determinación del Oficial Examinador del Banco Gubernamental de Fomento (B.G.F.) emitida el 15 de febrero de 2010. Mediante la misma se confirmó la destitución del Sr. Rodríguez Nieves de su puesto de carrera de Sub-Director de Recursos Humanos y Relaciones Laborales. Los cargos imputados al Sr. Rodríguez Nieves fueron por alegadamente haber intervenido y eliminado y/o editado el contenido de varios documentos electrónicos de los archivos comunes de las divisiones de Clasificación y Compensación y Nombramientos de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, sin tener la autorización para ello. Evaluados los argumentos de las partes a tenor con el derecho aplicable y examinados los documentos que obran en el expediente en apelación, resolvemos.

I.

El Sr. Rodríguez laboraba como supervisor de Recursos Humanos para el B.G.F. Mantuvo dicho puesto de carrera desde junio de 2003 hasta que fue retirado oficialmente de su cargo el 1 de febrero de 2010. La razón de la destitución se basó en los hechos alegadamente cometidos y que le fueran informados mediante la misiva del 23 de diciembre de 2009. Estos fueron el haber sido la última persona en acceder y modificar, eliminando completamente documentos correspondientes a trabajos y estudios realizados por otra compañera de labores.

Asimismo, se le imputó el haberse otorgado un aumento en el periodo de veda electoral para las elecciones de noviembre de 2008. Dicho aumento fue firmado por el Presidente Interino del B.G.F., pero se le atribuye al apelante haber inducido a error a éste. La misiva enviada el 23 de diciembre de 2009 no expone la acción final a tomarse contra el empleado, pero sí se le convoca a una vista informal. A dicha vista informal, el Sr. Rodríguez Nieves acudió acompañado por su abogada, a quien se le negó la entrada y participación a la vista. Adujo el B.G.F. que por la naturaleza informal de la vista, el B.G.F. no permitía que el empleado compareciera acompañado de su representación legal.

Previo a la vista ante el Oficial Examinador, las partes acordaron por estipulación los siguientes hechos que transcribimos para un mejor entendimiento de la controversia:

  1. Que el Sr.

    Rodríguez Nieves trabajó para el B.G.F. desde junio de 2003.

  2. Que el Sr.

    Rodríguez Nieves ocupaba al momento de la destitución el puesto de Sub-Director de la Oficina de Recursos Humanos y Relaciones Laborales.

  3. Que al Sr.

    Rodríguez Nieves le aplicaba la Política de Conducta y Ética en el Empleo para los Empleados y Funcionarios del B.G.F.; el Manual de Normas Generales del Trabajo del 31 de mayo de 1991; y el Reglamento de Personal para Empleados de Carrera del B.G.F..

  4. Que el Sr.

    Rodríguez Nieves renunció a su puesto de confianza como Director de Recursos Humanos y Relaciones Laborales con fecha 30 de agosto de 2007.

  5. El Sr. Rodríguez Nieves fue reinstalado en su puesto de carrera como Sub-Director de la Oficina de Recursos Humanos y Relaciones Laborales efectivo el 2 de noviembre de 2007.

  6. Que se le notificó carta al Sr. Rodríguez Nieves el 23 de diciembre de 20[09].

  7. Que se le notificó carta de destitución el 1 de febrero de 2010.

    Así las cosas, queda claro que la controversia se basó en si en efecto, el Sr. Rodríguez fue la persona que eliminó de las computadoras ciertos archivos. El Oficial Examinador determinó que solo ciertas personas están autorizadas a accesar los archivos comunes de la División de Clasificación y Compensación y que estos son el Director de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, la Directora de Clasificación y Compensación y la Especialista en Clasificación y Compensación.

    Los documentos que fueron eliminados o dejados en blanco fueron los llamados ¨mayo 2009¨ y ¨agosto 2009¨, que debían contener unas tablas en ¨Word¨, pero estaban en blanco. Sin embargo, los mismos pudieron ser restaurados. De igual forma, otros documentos habían sido modificados. Ello desembocó en una investigación por parte del B.G.F.

    para saber quién había eliminado o alterado los mencionados documentos. Además se suspendió al Sr. Rodríguez Nieves de empleo, mas no de sueldo.

    La compañía contratada ¨Xapiens¨ encontró tres (3) archivos que incluían archivos de tipo ¨Windows file shortcut¨ en la imagen forense de la computadora ¨desktop¨ del Sr.

    Rodríguez Nieves y que los mismos habían sido accesados por el usuario ERN 3783. Además encontró que otros siete (7) archivos tipo ¨Windows file shortcut¨

    indicaban en la imagen forense de la computadora ¨desktop¨ que los mismos habían sido accesados por última vez también por el mismo usuario.

    Según la prueba establecida, ciertos documentos no pudieron ser recuperados y tanto la computadora ¨desktop¨ como la computadora ¨laptop¨ del Sr. Rodríguez Nieves fue utilizada para acceder archivos de otros usuarios.

    En cuanto al aumento salarial concedido al Sr. Rodríguez Nieves, el Oficial Examinador concluyó que éste fue en contra de la política pública institucional del B.G.F.

    y mediante representaciones incorrectas que le hizo al Presidente Interino, obtuvo su consentimiento para beneficiarse del aumento para beneficiarse del aumento.

    Así, concluyó que el Sr. Rodríguez Nieves violentó las Normas de Política sobre conducta y Ética en el Empleo al demostrar un ¨indebido aprovechamiento de las circunstancias particulares que estaba atravesando en que momento B.G.F. sobre un cambio de administración para recibir un beneficio particular que estaba cuestionando ante un Oficial Examinador y que todos sus superiores se lo habían denegado por las razones que expusieron¨. Añadió que por ello actuó a espaldas de todos los demás, aprovechándose de un momento que no era el apropiado...

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