Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Diciembre de 2012, número de resolución KLCE201201704
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201201704 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 28 de Diciembre de 2012 |
EL PUEBLO DE PUERTO RICO RECURRIDO V. NORBERTO C. CRUZ SANTIAGO PETICIONARIO | KLCE201201704 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce NUM. J VI2012G0033, J LA2012G0166 Sobre: ASESINATO EN PRIMER GRADO, ETC. |
Panel especial integrado por su presidente, Juez Rivera Román, la Jueza Carlos Cabrera y el Juez Piñero González
Rivera Román, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico a 28 de diciembre de 2012.
El señor Norberto C. Cruz Santiago tiene pautado un juicio por delitos de asesinato y violación a la Ley de Armas para el 3 de enero de 2013 y reclama la paralización del proceso y la revocación de una resolución del Tribunal de Primera Instancia mediante la cual se autorizó la inclusión de dos nuevos testigos en la acusación en su contra.
Por los fundamentos que exponemos a continuación se expide el auto de certiorari y se confirma la resolución.
El Ministerio Público presentó varias acusaciones por delitos de asesinato y violación a la Ley de Armas contra el señor Cruz Santiago. Celebrada la lectura de acusación, el
acusado reclamó su derecho a que el juicio se ventilara ante un jurado. Concluido el proceso de desinsaculación del jurado y pautado el inicio del juicio para el 1 de noviembre de 2012, el Ministerio Público solicitó al Juez que presidía el proceso su autorización para adicionar a dos testigos a los anunciados en la acusación. La defensa objetó la solicitud.
Luego de una argumentación en el tribunal, el Juez determinó autorizar la adición de los dos nuevos testigos y ordenó al Ministerio Público presentar una acusación enmendada en la que se incluyeran los nombres de los testigos aludidos. Además, el Juez dispuso varias medidas para garantizar un juicio justo y en protección de los derechos del acusado. En primer lugar, requirió que los testigos fueran presentados al Jurado seleccionado y se comprometió a que si algún miembro del Jurado no podía intervenir en el caso porque conocía a los testigos, sería sustituido por uno de los suplentes. En segundo lugar, el Juez autorizó a que la defensa reclamara descubrimiento de prueba, si lo estimaba procedente. En tercer lugar, el Juez concedió al imputado un tiempo adicional para prepararse y aplazó la audiencia para el 13 de noviembre de 2012.
El Juez de Instancia dictó una resolución en la que recoge de forma precisa y...
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