Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Enero de 2013, número de resolución KLCE201201557

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201201557
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución31 de Enero de 2013

LEXTA20130131-057 Pueblo de PR v. Aguayo

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE ARECIBO, GUAYAMA Y HUMACAO

PANEL XI

EL PUEBLO DE PUERTO RICO
Recurrida
v.
JOSE G. AGUAYO
Recurrida
CHAPMAN BONDING CORPORATION
Peticionaria
_____________________________
EL PUEBLO DE PUERTO RICO
Recurrida
v.
JUAN PÉREZ MORALES
Recurrida
CHAPMAN BONDING CORPORATION
Peticionaria
KLCE201201557
KLCE201201558
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Arecibo Caso Núm.: C PD2011G0058 Sobre: Delitos contra la Propiedad _________________ Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Arecibo Caso Núm.: C SC201100397 Sobre: Sustancias Controladas

Panel integrado por su presidente el Juez Cabán García, la Jueza Cintrón Cintrón y la Juez Nieves Figueroa.

Cabán García, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de enero de 2013.

Recurre ante nos la Peticionaria Chapman Bonding Corporation, como agente general de International Fidelity Insurance Company, y solicita revisión de dos resoluciones del Tribunal de Primera Instancia (TPI), Sala de Arecibo, donde se le denegó, sin vista, una solicitud de relevo de las sentencias de confiscaciones dictadas en su contra. Aunque el Recurrido Pueblo de Puerto Rico presentó un escrito de oposición en cada caso, acepta en la alternativa que se devuelvan para que el TPI se cerciore si hubo notificación previa y “… así asegurarse de que se haya cumplido el debido proceso de ley a la fiadora.”

En atención a que ambos recursos plantean controversias comunes de hechos y derecho, previamente ordenamos su consolidación y procedemos a resolverlos de forma conjunta.

I.

KLCE201201557

La Peticionaria Chapman Bonding Corporation, por conducto de International Fidelity Insurance Company, presentó ante el Tribunal de Primera Instancia (TPI), Sala de Arecibo, una fianza de $10,000.00 a favor del acusado José Gabriel Aguayo, por un caso de violación al Art. 15 de la Ley 8 de Protección Vehicular, por hechos ocurridos el 9 de agosto de 2011 en Hatillo. Ante la incomparecencia del acusado al acto de lectura de acusación, el TPI inició el proceso de revocación de fianza. A tales efectos, el 20 de octubre de 2011 se emitió Orden de Mostrar Causa contra el Apoderado de la compañía fiadora, Elliot Vélez Cruz y contra la compañía fiadora, y se pautó una vista para el 1 de noviembre de 2011. Celebrada la vista en la fecha antes indicada, se ordenó la confiscación de la referida fianza.1 El 9 de noviembre de 2011 el TPI notificó la sentencia ordenando la confiscación de la fianza.

El 14 de octubre de 2012 se presentó por Chapman Bonding Corporation, como agente general de International Fidelity Insurance Company, una moción solicitando que se deje sin...

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