Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Enero de 2013, número de resolución KLRA20120919

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA20120919
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución31 de Enero de 2013

LEXTA20130131-111 Santiago Inc. v. Comisión de Servicios Públicos

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE CAROLINA Y SAN JUAN

Panel VIII

JOSÉ SANTIAGO, INC.
Recurrente
v.
COMISIÓN DE SERVICIO PÚBLICO
Recurrido
KLRA20120919
REVISIÓN ADMINISTRATIVA Procedente de la Comisión de Servicio Público Caso Núm.: 26569 Sobre: Expedición de boleto

Panel integrado por su presidente, el Juez González Vargas, la Jueza Carlos Cabrera y la Jueza Medina Monteserín.

Carlos Cabrera, Carmen Hilda, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de enero de 2013.

José Santiago, Inc. solicita la revisión de la Resolución y Orden emitida por la Comisión de Servicio Público (CSP), el 11 de julio de 2012, archivada copia de su notificación en igual fecha. Mediante esta determinación la CSP concluyó que procedía el pago de la multa administrativa de $500.00 impuesta por el Inspector José F. Crespo, adscrito a la CSP, Oficina Regional de Aguadilla.

Con el beneficio de la comparecencia de la CSP, por conducto de la Oficina del Procurador General, procedemos a desestimar el recurso de autos por falta de jurisdicción.

I.

Los hechos que preceden el recurso de título se iniciaron el 11 de mayo de 2011. En esa fecha el Inspector de la CSP, José F.

Crespo, intervino con un camión Freightliner del 1997, Tablilla 32271-R, propiedad de José Santiago, Inc. Expidió el boleto número 26569, por la cantidad de $500 por transportar carga sin autorización de la CSP.

En desacuerdo, José

Santiago, Inc. presentó una solicitud de revisión ante la CSP. Sostuvo esencialmente que no necesitaba permiso de la Comisión para transportar mercancía, ya que la empresa acarrea sus propios productos sin mediar paga.

Celebrada vista pública, con la comparecencia del representante de José

Santiago, Inc. y del Inspector José F. Crespo, la CSP emitió, el 11 de julio de 2012, la Resolución recurrida. Declaró “No Ha Lugar” el recurso de revisión presentado por José Santiago, Inc. y concluyó que procedía el pago de la multa de $500. El archivo en autos de copia de esa notificación es igualmente del 11 de julio de 2012.

Oportunamente, el 18 de julio de 2012, José Santiago presentó “Moción de Reconsideración”. Mediante Orden Administrativa del 31 de julio de 2012, notificada en igual fecha, la CSP acogió la petición de reconsideración.

El 4 de octubre de 2012, la CSP emitió una nueva Orden Administrativa, en la que ordenó el archivo del boleto número 26569, dejando sin efecto la multa administrativa impuesta al recurrente José Santiago, Inc. El archivo en autos de la notificación de ese último dictamen es del 11 de octubre de 2012.

No obstante lo anterior, el 19 de octubre de 2012, José Santiago, Inc. presentó el recurso de revisión de autos. En él nos representó que había transcurrido en exceso el término de 90 días que la CSP tenía para resolver su petición de reconsideración. En su recurso expresó que:

A) ERRO LA COMISIÓN DE SERVICIO PÚBLICO AL EXPEDI EL BOLETO NUMERO 265669 EN CONTRA DE JOSÉ SANTIAGO, INC., POR TRANSPORTAR CARGA SIN AUTORIZACION DE LA COMISION DE SERVICIO PUBLICO, TODA VEZ QUE JSI ES UNA COMPAÑÍA PRIVADA QUE ACARREA SUS PROPIOS PRODUCTOS A SUS CLIENTES PRIVADOS SIN COBRAR POR DICHO SERVICIO DE ENTREGA, DE ACUERDO A LA EXCLUSION...

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