Sentencia de Tribunal Apelativo de 5 de Febrero de 2013, número de resolución KLAN201200869
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN201200869 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 5 de Febrero de 2013 |
LEXTA20130205-005 Torres Olivera v. Carrillo Carambot
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
| KLAN201200869 | Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Región Judicial de Fajardo. Civil Número: NSRF201000602 Sobre: Alimentos entre Parientes |
Panel integrado por su presidente, el Juez Escribano Medina, el Juez Bermúdez Torres y la Juez Ortiz Flores.
Ortiz Flores, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 5 de febrero de 2013.
Comparece la apelante, señora Nannette R. Torres Olivera, también conocida como Nannette R. Torres Olivera (Sra.
Torres), mediante recurso de apelación sobre una Sentencia del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo (TPI), en el caso civil número NSRF201000602, emitida el 26 de abril de 2012 y notificada el 1 de mayo de 2012, que declaró
No Ha Lugar una solicitud de alimentos ex cónyuge.
Por los fundamentos que vamos a exponer, se confirma la sentencia apelada.
La apelante, Sra. Torres, es farmacéutica licenciada; el apelado, señor Rafael J. Carrillo Carambot (Sr. Carrillo), es médico de profesión con especialidad en urología. Ambos estuvieron casados durante veintiséis (26) años y procrearon dos (2) hijos que son mayores de edad. El matrimonio entre las partes fue declarado roto y disuelto mediante sentencia de divorcio emitida el 21 de noviembre de 2008 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, en el caso civil número K DI2008-01472.1
Posteriormente, el 16 de marzo de 2009, el Sr. Carrillo presentó demanda sobre liquidación de comunidad de bienes gananciales ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo, caso civil número NSCI2009-00628.
Luego, el 11 de junio de 2010, la Sra. Torres presentó Solicitud de Alimentos Ex Cónyuges ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo, caso civil número NSRF2010-00602, donde fundamentó su reclamo de pensión ex cónyuge al Sr. Carrillo por lo siguiente:
● Que durante el matrimonio de 27 años la Sociedad de Gananciales, hoy Comunidad de Bienes y Deudas, que en su mayoría han estado y están en control absoluto del demandado, especialmente, la parte líquida que se estima en más de medio millón de dólares.
● Que desde el mes de marzo del año 2009, la parte demandante ha realizado esfuerzos para que el demandado le entregue la parte líquida que le corresponde para ella poder continuar con su vida, el demandado ha pretendido estrangular económicamente a la que fuera su esposa por 27 años.
● Que a pesar de que la Sra. Torres, aquí demandante es farmacéutica de profesión, su estado de salud no es bueno ya que padece de tumores como neuroma acústica, por el cual ha sido operada dos (2) veces por la misma condición, sufriendo a su vez ansiedad y depresión causadas por todo el daño emocional sufrido durante el matrimonio, que le impiden trabajar a tiempo completo, por lo que sus ingresos no son suficientes para sostenerse económicamente.
● Que la Sra. Torres tiene 50 años de edad, se dedicó la mayor parte del matrimonio a ayudarle a terminar su carrera y a colaborar con él en la oficina médica, donde le asistía en diferentes tareas, como administradora de la oficina desde el 1987, el mantenimiento del hogar, la atención familiar y trabajó hombro con hombro con su esposos, hasta que este le fue infiel con la persona que hace tiempo se casó. Lamentablemente, el esposo de la demandante, la contagió de una enfermedad de transmisión sexual incurable conocida como Human Papiloma Virus.
● Que el demandado sacó del plan médico a quien fuera su esposa por 27 años, aún sabiendo de su condición de salud y sus limitaciones económicas, a sabiendas de que la Sra. Torres requiere de laboratorios, medicamentos y visitas y exámenes médicos costosos y no se conmovió con ello, abandonándole a su suerte, a pesar de los requerimientos de esta.2
El Sr. Carrillo presentó Moción de Desestimación y/o en Oposición a Solicitud de Alimentos ExCónyuges, el 22 de diciembre de 2010. El TPI emitió Sentencia el 25 de abril de 2012, notificada el 1 de...
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