Sentencia de Tribunal Apelativo de 5 de Febrero de 2013, número de resolución KLAN201201963
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN201201963 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 5 de Febrero de 2013 |
LEXTA20130205-006 Instrumed Services Co. v. Clendo Industrial Laboratory Inc.
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
| KLAN201201963 | Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Región Judicial de Bayamón Número: D CD2009-1547 Sobre: Cobro de Dinero |
Panel integrado por su presidente, el Juez Escribano Medina, el Juez Bermúdez Torres y la Juez Ortiz Flores.
Ortiz Flores, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico a 5 de febrero de 2013.
Comparece la parte interventora-apelante, Nueva Sociedad Real, S.E. (Interventora-Apelante) mediante recurso de Apelación, que se acoge por este tribunal como un recurso de certiorari, donde solicitó que dejemos sin efecto una Resolución emitida el 29 de octubre de 2012 y notificada el 31 de octubre de 2012 por el Tribunal de Primera Instancia, Región Judicial de Bayamón (TPI) la cual denegó Moción Urgente en Auxilio del Tribunal en Solicitud de Relevo Parcial de Adjudicación de Subasta.
Adelantamos que se expide el auto de certiorari, se revoca la resolución recurrida y se dispone la celebración de una vista evidenciaria ante el TPI.
En el presente caso la parte demandante-apelada, Instrumed Service Co., (Instrumed) presentó una acción de cobro de dinero contra la parte demandada-apelada, Clendo Industrial Laboratory, Inc. (Clendo) la cual fue adjudicada mediante Sentencia dictada el 16 de diciembre de 2009 y notificada el 26 de enero de 2009.1 Luego, el 18 de marzo de 2010, Instrumed presentó Moción en Solicitud de Ejecución de Sentencia en la que se solicitó que se ordenara la ejecución de la Sentencia y la designación de depositario.2 Considerada dicha moción, el TPI emitió Mandamiento de Embargo en Ejecución de Sentencia.3
Luego, el 28 de septiembre de 2012, la parte interventora-apelante (Nueva Sociedad Real, S.E.) presentó Moción Urgente en Auxilio del Tribunal en Solicitud de Relevo Parcial de Adjudicación de Subasta.4 En dicha moción sostuvo que fue ordenado el embargo y venta en pública subasta el 1 de mayo de 2012 de un generador eléctrico de forma errónea porque el mismo no le pertenece a la parte demandada-apelada, Clendo, sino a la parte interventora-apelante.5
Evaluada la Moción Urgente en Auxilio del Tribunal en Solicitud de Relevo Parcial de Adjudicación de Subasta, supra, el TPI emitió Resolución del 29 de octubre de 2012 y notificada el 31 de octubre del mismo año donde denegó la Moción Urgente en Auxilio del Tribunal en Solicitud de Relevo Parcial de Adjudicación de Subasta, por lo que se mantuvo en vigor la adjudicación de la subasta del generador eléctrico en controversia.
Inconforme, la parte interventora-apelante compareció ante nosotros con el siguiente señalamiento de error:
ERRÓ EL HONORABLE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA AL PRIVARLE A LA INTERVENTORA APELANTE DE SU PROPIEDAD SIN HABÉRSELE NOTIFICADO DE...
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