Sentencia de Tribunal Apelativo de 13 de Febrero de 2013, número de resolución KLAN201300110

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201300110
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución13 de Febrero de 2013

LEXTA20130213-010 Díaz Rex v. Rex

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN Y GUAYAMA

PANEL IV

JULIA DÍAZ REX
Demandante-Apelada
v.
BRADLEY REX
Demandado-Apelante
KLAN201300110
APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan CIVIL NÚM.: K DI2008-1629 (705) SOBRE: Divorcio

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Fraticelli Torres, la Jueza Ortiz Flores y el Juez Ramos Torres

Ramos Torres, Juez Ponente

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico a 13 de febrero de 2013.

Comparece ante este Tribunal de Apelaciones el señor Bradley Rex (señor Rex) y nos solicita que revisemos una resolución emitida el 9 de noviembre de 2012 por la Sala Superior de San Juan del Tribunal de Primera Instancia (TPI). Mediante dicho dictamen el TPI le impuso al señor Rex una pensión alimentaria ascendente a $2,807.00 mensuales, a razón de $1,295.54 bisemanales pagaderos a través de la Administración para el Sustento de Menores (ASUME), efectivo el 21 de febrero de 2012. La pensión alimientaria es a favor de su hijo menor de edad WR.

Por los fundamentos que expuestos a continuación, desestimamos el recurso por falta de jurisdicción.

I.

El 15 de junio de 2009 durante la vista de fijación de alimentaria permanente las partes acordaron que el señor Rex pagaría una pensión alimentaria de $500.00 mensuales más el cincuenta (50) por ciento de los gastos médicos, matrícula escolar, uniformes, libros, materiales escolares, tutorías (de ser necesarias), campamento de verano, terapias del habla, actividades extracurriculares y arte. La mencionada pensión sería pagada a través de la ASUME. También dispusieron que las relaciones paterno filiales serían fines de semanas alternos. Además, los lunes de semanas alternas el señor Rex quedó autorizado a relacionarse con el menor de 5:00 p.m. a 8:00 p.m. y los miércoles de cada semana lo puede recoger en el cuido a las 5:00 p.m. y lo llevará a la casa de la madre a las 8:00 p.m.

El 21 de febrero de 2012 la señora Julia Díaz-Rex (señora Díaz) presentó unaMoción Solicitando Revisión de Pensión y Solicitando Remedio Provisional. En la misma alegó que el señor Rex devenga un salario de $120,000.00 anuales y que solo aporta $500.00 mensuales y se hace responsable del cincuenta (50) por ciento de los gastos de educación del menor. Añadió, que es ella quien le suple el seguro médico al menor. Solicitó que de manera...

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