Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Febrero de 2013, número de resolución KLCE201201648

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201201648
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2013

LEXTA20130228-057 Centeno Sauders V. Municipio de San Juan

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL II

YARISIS CENTENO SAUNDERS
Demandante Recurrida
v.
MUNICIPIO DE SAN JUAN Y OTROS
Demandado Peticionario
KLCE201201648
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Civil Núm.: K DP2012-0632 (805) Sobre: Daños y perjuicios

Panel integrado por su presidente, el Juez Morales Rodríguez, el Juez Figueroa Cabán y el Juez Rivera Colón.

Morales Rodríguez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de febrero de 2013.

La recurrida Yarisis Centeno Saunders demandó al Municipio de la Capital y a Integrand Assurance Co. Reclamó daños como consecuencia de un golpe que alega haber sufrido el 29 de septiembre de 2010 en el Centro de Gobierno Municipal. Ocurrió cuando ella se disponía a salir de un elevador. Alega que las puertas del elevador le golpearon el lado izquierdo de su cuerpo lo que le causó daños que alcanzan $1,050,000.

El Municipio pidió la desestimación. Alegó que la demandante Centeno Saunders no cumplió el requisito de notificación dentro del término de noventa días desde que

ocurrió el incidente. Integrand Assurance Co., pidió igualmente la desestimación. Argumentó que en vista de que el Municipio no responde por la falta de notificación, la aseguradora tampoco responde porque al caso no le aplica la doctrina de la causa de acción directa.

Aclaró que no era la aseguradora del Municipio, sino la administradora del Programa de Responsabilidad Pública de los Municipios de Puerto Rico. Como tal no responde con sus propios fondos, sino con los de los municipios.

Centeno Saunders se opuso. Argumentó:

Como mencionáramos en el párrafo nueve (9) de la demanda el 29 de septiembre de 2010, la Sra. Centeno recibió atención médica en la Unidad de Enfermería del Centro de Gobierno. La Sra. Centeno fue atendida por la enfermera registrada Wanda I. Mulero Esquilín (en adelante, “Enfermera Mulero”) quien además de prestarle los primeros auxilios redactó un “Referido a Médico y Reporte de Incidente” (en adelante, “Reporte”) el mismo día 29 de septiembre de 2012. El Reporte describe la evaluación médica realizada por la Enfermera Mulero; informa que se notificó al Jefe de Seguridad Interna, Sr. José Ramos del Departamento de Secretaría Municipal sobre el accidente e informa que la Sra. Centeno autorizó a que se le notificara copia del Reporte para efectos de investigación del incidente la [sic]

Jefe de Seguridad Interna. (Énfasis nuestro). Esto establece claramente que el Municipio conocía de todos y cada uno de los detalles que requiere el Artículo 15.003 de la Ley de Municipios Autónomos dentro de los noventa (90) días de ocurrido el incidente. (Énfasis nuestro) Se une y se hace formar parte del presente escrito el Reporte suscrito por la Enfermera Mulero y se marca como Exhibit I. (Énfasis nuestro).

Está en el expediente el “Reporte”, según fue presentado con partes tachadas.

Expresa:

Yo Wanda I. Mulero Esquilín R.N. certifico que la Sra. Yaritsis Centeno Saunders, representante de la Compañía Health Soth solicitó servicios de evaluación de enfermería hoy 29 de septiembre de 2010 a las 1:40 p.m. debido a aparente incidente en ascensor #1

39 años

Dirección Postal Monte Atenas 19 San Juan 00926

Visitante es referida a evaluación médica ya que aparentemente recibió golpe en lado izquierdo del cuerpo por puerta de ascensor #1 (en el vestíbulo del piso 1 del Centro de Gobierno Municipal). Al momento de evaluación visitante luce un poco aturdida por el referido golpe que le propinó la puerta de metal, pero orientada en tiempo, espacio y persona luego de estar sentada unos minutos en Unidad de Enfermería. Indica visitante se disponía a salir del ascensor cuando puertas de metal cerraron súbitamente y la golpearon en lado izquierdo del cuerpo. Se observa golpe en brazo izquierdo y área enrojecida. Luego 20 minutos en observación refiere afectada dolor en área de antebrazo y muslo izquierdo y continuo con sensación de desbalance corporal. Se notificó a Jefe de Seguridad Interna, Sr. José Ramos del Departamento de Secretaría Municipal sobre el particular. La afectada autoriza a...

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