Sentencia de Tribunal Apelativo de 18 de Marzo de 2013, número de resolución KLRA201200929

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201200929
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución18 de Marzo de 2013

LEXTA20130318-025 Lebron Quevedo v. Dep. de Corrección y Rehabilitación

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE PONCE

PANEL VII

LEONCIO LEBRON QUEVEDO
Recurrente
v.
DEPARTMAENTO DE CORRECCION Y REHABILITACION
Recurrida
KLRA201200929
Revisión Administrativa procedente del Departamento de Corrección y Rehabilitación Querella Núm.: 311-12-0395 Sobre: Código 109

Panel integrado por su presidente el Juez López Feliciano, el Juez Hernández Serrano y la Jueza Birriel Cardona.

Hernández Serrano, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 18 de marzo de 2013.

Comparece ante nosotros el señor Leoncio Lebrón Quevedo (el señor Lebrón) y nos solicita que revoquemos la Resolución emitida el 15 de agosto de 2012 por el Departamento de Corrección y Rehabilitación (Corrección). Mediante ésta, el Oficial Examinador encontró incurso al señor Lebrón por infracción al Código 109 del Reglamento Disciplinario de Corrección, Reglamento Núm. 7748; de 23 de septiembre de 2009 y le impuso como sanción la suspensión de tres (3) visitas.

Considerado el recurso en su totalidad y a la luz del derecho aplicable, se confirma la resolución recurrida.

I.

Según surgen del expediente ante nuestra consideración, los hechos e incidentes esenciales y pertinentes para disponer del recurso son los siguientes.

El 14 de junio de 2012 Corrección realizó un registro en la Institución Ponce Adultos 1000 módulo 3 M celda 207.

En esta celda la Oficial de Custodia Hylsa Rodríguez (la Oficial Rodríguez) encontró dos (2) cargadores de teléfonos celulares en un envase plástico que contenía detergente en polvo. La Oficial Rodríguez aseguró la evidencia por medio de una fotografía tomada por la Oficial Beatriz Rosado (la Oficial Rosado). El 15 de junio de 2012 se le entregó al señor Lebrón el Informe Disciplinario y se le leyeron las advertencias de rigor; éste se negó a firmar el referido informe.

El 24 de junio de 2012 se efectuó la investigación del incidente. Durante la misma la Oficial Rodríguez relató que ocupó dos (2) cargadores de celulares en la celda 207 los que se encontraban en un envase plástico que contenía detergente en polvo. Por su parte el señor Lebrón declaró que realizaron un registro en su celda y que la Oficial Rosado le preguntó si tenía una bolsa con una “guantilla” de jugar pelota, un bolígrafo, un marcador y una bola de tenis. Testificó que le respondió en la afirmativa y que al día siguiente la Sargento Oliveras le indicó que firmara una querella que indicaba que se le habían ocupado dos cargadores; relató que se negó a firmar la querella.

El señor Lebrón presentó como testigo a su favor al confinado, señor Joel Ovales Coriano (el señor Ovales).

Éste declaró que la Oficial Rodríguez hizo un registro en la celda, que tomó tres foros y que desconocía que había fotografiado. Indicó que la Oficial...

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