Sentencia de Tribunal Apelativo de 21 de Marzo de 2013, número de resolución KLAN201201991

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201201991
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución21 de Marzo de 2013

LEXTA20130321-028 Fraguada Rivera v. Servicios Médicos Universitarios

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE CAROLINA

PANEL ESPECIAL

LUIS E. FRAGUADA RIVERA, JOSE C. RIVERA CARRILLO, JESUS M. CANALES DAVILA, RAMON L. CARRASQUILLO SANCHEZ, JOSMAL OROZCO FIGUEROA, JOSE O. MORENO SEGARRA, ANGEL M. FEBRES CRUZ, ANGEL MACHIN TOLEDO, EDUARDO FONSECA DELGADO y DAVID VELEZ GONZALEZ
Querellantes-Apelantes
v.
SERVICIOS MEDICOS UNIVERSITARIOS, INC., HOSPITAL UPR CAROLINA
Querellado-Apelado
KLAN201201991
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina Civil Núm.: F PE2010-1108 (0008) Sobre: Despido Injustificado bajo la Ley 80-1976, según enmendada. Procedimiento Sumario bajo la Ley 2-1961

Panel integrado por su presidente el Juez López Feliciano, el Juez Hernández Serrano y la Jueza Birriel Cardona.

Hernández Serrano, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 21 de marzo de 2013.

Comparece el señor David Vélez González (el señor Vélez) ante este Tribunal de Apelaciones y nos solicita que revisemos una sentencia emitida el 31 de octubre de 2012 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina (TPI). Mediante dicha determinación, el TPI desestimó sumariamente la demanda por despido injustificado presentada por el señor Vélez contra Servicios Médicos Universitarios, Inc., Hospital U.P.R. Carolina (Servicios Médicos).

Por los fundamentos que exponemos más adelante, se desestima el presente recurso de apelación por falta de jurisdicción.

I.

El 2 de noviembre de 2010 el señor Vélez presentó una querella por despido injustificado contra Servicios Médicos. Al así hacerlo, se acogió al procedimiento sumario que establece la Ley Núm. 2-1961. En la querella el señor Vélez alegó que fue despedido por Servicios Médicos sin justa causa en violación con la Ley Núm.

80-1976.

El 18 de noviembre de 2010 Servicios Médicos presentó su contestación a la querella. Luego de los correspondientes trámites procesales, el 20 de enero de 2012 a tenor con la Regla 36 de las de Procedimiento Civil de Puerto Rico, 32 L.P.R.A. Ap. III, R.36, Servicios Médicos presentó una moción de sentencia sumaria.

Con dicha moción acompañó treinta y seis (36) exhibits. Mediante el mencionado escrito solicitó la desestimación sumaria de la querella aduciendo que el señor Vélez fue cesanteado justificadamente. Expuso que Servicios Médicos, conforme a los hechos materiales incontrovertidos apoyados por documentos, declaraciones juradas y las admisiones del propio querellante, que...

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