Sentencia de Tribunal Apelativo de 25 de Marzo de 2013, número de resolución KLCE201201720

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201201720
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución25 de Marzo de 2013

LEXTA20130325-014 Municipio de Humacao v. Betancourt

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE ARECIBO, GUAYAMA Y HUMACAO

PANEL XI

MUNICIPIO DE HUMACAO
Recurridos
v.
CARLOS E. BETANCOURT LLAMBIA ARQUITECTOS Y OTROS
Peticionarios
KLCE201201720
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao Caso Núm.: HSCI201000311 Sobre: Daños y Perjuicios

Panel integrado por su presidente el Juez Cabán García, la Jueza Cintrón Cintrón y la Juez Nieves Figueroa.

Cabán García, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 25 de marzo de 2013.

Comparece ante nos, Blanes Palmer Design Group Consulting Engineers, P.S.C., Enrique Palmer y Continental Casualty Company (Ing. Blanes) y solicitan que revisemos una Resolución de 8 de noviembre de 2012, notificada el 9 de noviembre de 2012, que emitió el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao (TPI). Según el Ing. Blanes, mediante el referido dictamen el TPI le denegó la demanda contra coparte que presentó contra su codemandado, Quality Construction Services, SE (Quality). Inconforme con esa determinación, el Ing. Blanes presentó sin éxito dos mociones de reconsideración.

Posteriormente, el Ing. Blanes acudió ante nos mediante su recurso de certiorari. Señaló, como único error, que el TPI le denegó su demanda contra coparte, en cuanto a la empresa constructora, Quality. Luego de haber recibido el recurso del Ing. Blanes, compareció Quality con un escrito en oposición. Examinamos el expediente del caso y resolvemos. Adelantamos, que nos negamos a expedir el auto de certiorari solicitado.

I

Esbozamos a continuación una breve relación de los hechos e incidencias procesales más relevantes para la resolución del caso.

Este pleito se originó con una demanda del Municipio de Humacao en la que reclamó compensación por daños y perjuicios, por incumplimiento de contrato e impericia profesional. En resumen, incluyó como codemandados a la firma de arquitectos, agrimensores e ingenieros que se involucraron en el diseño, planificación y supervisión de la construcción de un edificio que constituiría el Centro de Bellas Artes de Humacao. También incluyó en la demanda a los socios principales de tales firmas, y además, a la compañía constructora. De este modo, figuraron como codemandados Carlos E. Betancourt Llambia Arquitectos y el Arq. Carlos E. Betancourt Llambia; el Agrimensor Kelly Alvarez; EBP Design Group Consulting Engineers, P.S.C. y el Ing. Enrique Blanes Palmer; además, la constructora Quality Construction Services, SE. Mediante demanda enmendada, el Municipio acumuló al pleito a las aseguradoras de las empresas codemandadas.

Valga indicar que el Ing. Blanes representa la firma de ingenieros que, alegadamente, intervino en la preparación de planos de ingeniería civil del proyecto. El Municipio le imputó que ubicó incorrectamente la trayectoria del sistema sanitario de la AAA que discurría por el terreno objeto del proyecto. Agregó que Quality, la empresa constructora, siguiendo los planos que erróneamente ubicaban la tubería sanitaria, la perforó cuando intentaba hacer barrenos para hincar unos pilotes.

El Municipio alegó que parte del incumplimiento de Quality se debió a no notificar al Centro de Excavaciones y Demoliciones de Puerto Rico, previo a excavar para hincar los pilotes. Dicha entidad, según se adujo, debía entonces contactar a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA) para que marcara en el terreno la ruta por la que transcurrían las líneas sanitarias, y de ese modo, no se hubiera causado daño alguno. Entre los daños reclamados por el Municipio, se destacó los costos de reparación de las líneas sanitarias de la AAA, y además, exigió una compensación por el atraso en la entrega de la obra, lo cual, afectaba a los residentes del Municipio.

Frente a la reclamación relacionada al aviso al Centro de Excavaciones y Demoliciones, Quality promovió una demanda contra terceros. Presentó su reclamo contra Elí Galarza Law & Engineering Office (Galarza) y KFK...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR