Sentencia de Tribunal Apelativo de 11 de Abril de 2013, número de resolución KLCE201300274
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201300274 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 11 de Abril de 2013 |
| KLCE201300274 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina Caso Número: F DP2009-0483 (407) Sobre: Daños y Perjuicios |
Panel integrado por su presidenta, la Juez Coll Martí, la Juez Domínguez Irizarry y el Juez Flores García.
Flores García, Juez Ponente.
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 11 de abril de 2013.
La parte peticionaria, la señora Eddy Santana Nieves, el señor Luis Rodríguez Díaz y la sociedad legal de gananciales compuesta entre ambos, comparece ante nos y solicita nuestra intervención a los fines de que dejemos sin efecto el pronunciamiento emitido por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina, el 16 de enero de 2013, debidamente notificado a las partes el 23 de enero de 2013. Mediante la aludida determinación el tribunal recurrido denegó la solicitud de la parte peticionaria para que se computaran los intereses por concepto de temeridad a partir de la presentación de la demanda en daños y perjuicios promovida por la parte peticionaria.
Por los fundamentos que expondremos a continuación, expedimos el presente recurso de certiorari y revocamos la Resolución recurrida.
El 7 de diciembre de 2009 la parte peticionaria entabló una Demanda sobre daños y perjuicios en contra del señor Víctor Rivera Santiago1 y la Cooperativa de Seguros Múltiples de Puerto Rico, parte recurrida. La referida reclamación tuvo su origen en un accidente automovilístico ocurrido el 4 de febrero de 2009. Luego de un amplio descubrimiento de prueba, el juicio se celebró los días 26 y 27 de abril de 2012.
Aquilatada la prueba presentada por las partes, el 24 de mayo de 2012 el TPI dictó Sentencia y determinó que el señor Rivera sin tomar las debidas precauciones y de forma negligente, impactó el vehículo en el cual viajaba la parte peticionaria. En consecuencia, el tribunal de primera instancia condenó a la parte recurrida al pago de cuarenta y tres mil seiscientos dólares ($43,600) por los daños físicos, sufrimientos y angustias...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba