Sentencia de Tribunal Apelativo de 11 de Abril de 2013, número de resolución KLAN201300225

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201300225
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución11 de Abril de 2013

LEXTA20130411-006 Yegros Torres v. Suc. Torres Lugo

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL SAN JUAN, PANEL I

JORGE YEGROS TORRES; INGRID MICHELLE YEGROS TORRES; RODOLFO JUAN YEGROS TORRES
APELANTES
v.
SUCESIÓN DE CONSTANTINO TORRES LUGO INTEGRADA POR ELMER TORRES LUGO; MABEL DIANA TORRES LUGO Y ALBA LUGO LUGO
APELADOS
KLAN201300225
APELACIÓN PROCEDENTE DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN CIVIL NÚM.: KAC2009-1568 SOBRE: IMPUGNACIÓN Y DECLARACIÓN DE TESTAMENTO OLÓGRAFO

Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Román el Juez Vizcarrondo Irizarry y la Jueza Colom García

Colom García, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a11 de abril de 2013.

El señor Jorge Yegros Torres, et al. nos solicita que revisemos, mediante un recurso de apelación, la Sentencia Parcial dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, el 14 de diciembre de 2012, notificada y archivada en autos el 18 de diciembre de 2012, en el caso civil núm. K AC2009-1568.

Por los fundamentos que a continuación se exponen resolvemos CONFIRMAR la determinación del foro de instancia:

TRASFONDO PROCESAL Y FÁCTICO

El 17 de diciembre de 2009, los hermanos Jorge Yegros, Ingrid Michelle Yegros Torres y Rodolfo Juan Yegros Torres (hermanos Yegros) presentaron una Demanda sobre Impugnación y Declaración de Testamento Ológrafo contra el señor Elmer Torres Lugo, aunque más tarde, el 25 de enero de 2010, enmendaron dicha demanda, cual fuera ordenado el Tribunal de Primera Instancia (T.P.I). Mediante la referida Demanda Enmendada, los hermanos Yegros incluyeron como demandada a la Sucesión de Constantino Torres Lugo, integrada por Elmer Torres Lugo, Mabel Diana Torres Lugo y Alba Lugo Lugo.1

Los hermanos Yegros plantearon ante el foro de instancia que el procedimiento de adveración del testamento ológrafo2 preparado por el causante, su abuelo, Don Constantino Torres Lugo, no puede ser considerado suficiente puesto que los tres testigos utilizados trabajan para el codemandado Elmer Torres Lugo, hijo de Don Constantino. Por consiguiente, los demandantes adujeron que el proceso de adveración es nulo e ineficaz en derecho por adolecer de los requisitos que exige la ley. De otra parte, los hermanos Yegros incluyeron en la Demanda alegaciones de fraude, coacción, intimidación, maltrato, humillación, mala fe, mendacidad y manipulación en contra de Elmer Torres Lugo, con miras a demostrar que éste es indigno y, por ende, incapaz de suceder a Don Constantino.

Así las cosas, el 17 de mayo de 2011 el T.P.I. emitió una Sentencia Parcial mediante la cual desestimó por falta de jurisdicción la impugnación de la protocolización y adveración de testamento ológrafo. Ello, toda vez que previamente el Tribunal de Apelaciones había sostenido la validez del proceso de adveración que el foro de instancia llevó a cabo en el caso civil núm. K JV2007-1825, por entender que dicho proceso cumplió con todos los requisitos de forma y contenido. La aludida determinación del foro apelativo intermedio no fue recurrida, por lo que al día de hoy es final y firme.

No obstante, luego de varios trámites procesales, los hermanos Yegros presentaron ante el foro de instancia una solicitud de sentencia sumaria, conforme la Regla 36 de Procedimiento Civil. Mediante dicha solicitud la parte demandante argumentó nuevamente la invalidez del testamento ológrafo objeto de controversia y sostuvo que el mismo no constituye un testamento, toda vez que carece de disposición de bienes, así como que es totalmente ineficaz ante el hecho de que prevalece el testamento abierto previamente otorgado por el causante.

Por su parte, el señor Torres Lugo se opuso a la solicitud de sentencia sumaria de los hermanos Yegros, basado en que sostuvo que la misma no cumplía con los requisitos que exige la Regla 36.3 de Procedimiento Civil. Sin embargo, durante la conferencia con antelación al juicio llevada a cabo el 4 de octubre de 2012, ambas partes informaron estar de acuerdo en que la controversia sobre la validez del testamento ológrafo es un asunto de estricto derecho.

Así las cosas, el 14 de diciembre de 2012 el T.P.I. emitió una Sentencia Parcial...

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