Sentencia de Tribunal Apelativo de 22 de Abril de 2013, número de resolución KLCE201300287

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201300287
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución22 de Abril de 2013

LEXTA20130422-002 Carlos Robles Tiles & Stone v. Colonial Insurance Agency

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE CAROLINA

PANEL IX

CARLOS ROBLES TILES & STONE, CARLOS ROBLES MARÍN Demandantes TOWER WAREHOUSE CORP.; CLOSET WAYS CORP.; INTEGRAND ASSURANCE CO.; JOHN DOE, CIA ASEGURADORA B Demandados-Recurridos V. COLONIAL INSURANCE AGENCY, INC. Y COMPAÑÍA DE SEGUROS A, B, C Y D Terceros Demandados y Terceros Demandantes- Peticionarios BENJAMÍN HERNÁNDEZ RAMOS Tercero Demandado- Peticionario
KLCE201300287
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina Sobre: Daños y Perjuicios Caso Número: FAC 2003-1012

Panel integrado por su presidenta, la Juez Coll Martí, la Juez Domínguez Irizarry y el Juez Flores García

Domínguez Irizarry, Juez Ponente

R E S O L U C I Ó N

En San Juan, Puerto Rico, a 22 de abril de 2013.

La parte peticionaria, Integrand Assurance Co., Colonial Insurance Agency, Inc., Utica Mutual Insurance Co. y el señor Benjamín Hernández Ramos, comparecen ante nos y solicitan nuestra intervención a los fines de que dejemos sin efecto la determinación emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina, el 31 de enero de 2013, notificada a las partes de epígrafe el 4 de febrero de 2013. Mediante dicho dictamen, el foro primario dejó sin efecto una sentencia parcial previamente emitida respecto a los términos de un acuerdo transaccional suscrito por la parte peticionaria en un pleito sobre daños y perjuicios incoado por el señor Carlos Robles Marín y Carlos Robles Tiles & Stone, en contra de las aquí recurridas, Tower Warehouse Corp. y Closet Ways Corp.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, se deniega la expedición del auto solicitado.

I

El 31 de marzo de 2003, el señor Carlos Robles Marín y la compañía Carlos Robles Tiles & Stone, presentaron una acción civil sobre daños y perjuicios en contra de, entre otros, las aquí recurridas, Tower Warehouse Corp., entidad dedicada al arrendamiento de espacios a corporaciones e industrias para fines de almacenamiento y Closet Ways Corp., empresa destinada a la manufactura y venta de guardarropas. Mediante la misma, los demandantes reclamaron la compensación correspondiente por los agravios resultantes de un alegado incumplimiento de un contrato de servicios. En específico, adujeron que habían rentado un espacio en las facilidades de la recurrida Tower Warehouse, a fin de ubicar ciertos materiales debidamente empacados de su negocio. Indicaron que las cajas fueron impactadas por un montacargas propiedad de la recurrida Closet Ways, lo que produjo la pérdida de la mayoría de sus productos.

Tras varios incidentes, el 5 de junio de 2003 las recurridas presentaron la correspondiente alegación responsiva. En su comparecencia, admitieron la ocurrencia del accidente en las instalaciones de la recurrida Tower Warehouse, mas se opusieron a la cuantía reclamada por los daños alegados, bajo el fundamento de que los mismos fueron el resultado de actuaciones negligentes atribuibles a terceros ajenos a su relación contractual respecto a los demandantes. De este modo y al amparo de dicha alegación, presentaron demanda de coparte en contra de la codemandada en el pleito y aquí peticionaria Integrand Assurance Co., y demanda de terceros en contra de la también peticionaria, Colonial Insurance Agency. En esencia, alegaron que las referidas entidades no habían extendido una cubierta sobre daños a la propiedad de terceros en la correspondiente póliza de seguro, según les fue requerido. Posteriormente y tras múltiples incidencias, fueron acumulados en el pleito, en calidad de terceros demandados, los peticionarios Utica Mutual Insurance Co. y el señor Benjamín Hernández Ramos. Respecto a este último, precisa destacar que las aquí recurridas lo habían incluido en su demanda de tercero bajo un nombre común, ello por, en ese entonces, desconocer su identidad. En su contra se alegó haber sido el agente de seguros concernido a los fines de extender la póliza respecto a daños a terceros antes indicada y quien no obró de conformidad con lo solicitado. Así, en términos generales, a la parte peticionaria se le imputó el haber incumplido con la obligación de asegurar efectivamente las operaciones de las empresas recurridas, por lo que éstas solicitaron que se les ordenara responder a los demandantes por la acreencia que, en su día, recayera a su favor.

Luego de innumerables trámites propios del curso del procedimiento y en lo aquí concerniente, el 24 de junio de 2010 se presentó a la consideración del Juzgador de hechos un escrito intitulado Estipulación Parcial sobre Transacción. Dicho documento únicamente fue suscrito por los promoventes del pleito y la parte aquí peticionaria. De hecho, entre sus estipulaciones expresamente surge que sus términos no se hacían extensivos a los restantes codemandados en la acción. Mediante el mismo, los demandantes...

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