Sentencia de Tribunal Apelativo de 23 de Abril de 2013, número de resolución KLAN201201568

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201201568
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución23 de Abril de 2013

LEXTA20130423-005 Mercado Figueroa v. Municipio de San Juan

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL I

AILEEN MERCADO FIGUEROA, por sí y en representación de su hijo menor de edad JOSÉ WILLIAM CARDONA MERCADO Demandantes-Apelantes v MUNICIPIO DE SAN JUAN, y su compañía aseguradora ADMIRAL INSURANCE COMPANY Demandados-Terceros Demandantes v. BETTEROAD ASPHALT CORPORATION Terceros Demandados-Apelados Terceros Demandantes KLAN201201568 APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de San Juan CIVIL NÚM. KDP2008-1587 (802) SOBRE: DAÑOS Y PERJUICIOS

Panel Integrado por su Presidente el Juez Rivera Román, la Jueza Colom García y el Juez Vizcarrondo Irizarry

Vizcarrondo Irizarry, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 23 de abril de 2013.

Comparece ante nos Aileen Mercado Figueroa, por sí y en representación del José William Cardona Mercado.

Recurren de una sentencia parcial dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan (T.P.I.) el 6 de junio de 2012 y notificada el 12 de junio del mismo año. Mediante la misma se desestima la reclamación presentada por estos y los subsiguientes desistimientos de las demandas contra tercero. Habiendose presentado a su vez el Alegato en Oposición, procedemos a resolver la controversia de autos.

I. Hechos

Los hechos matriales que dan paso a la controversia de autos tuvieron lugar en la Urbanización Park Gardens de San Juan mientras José William conducía su motora en la Calle Park Gardens cuando cayó en un hoyo localizado en la carretera al perder el control de la motocicleta por un alegado desnivel en la calle. Por los daños sufridos en dicha caída el menor y su madre en representación de éste y por sí demandó al Municipio de San Juan (Municipio) y a su aseguradora Admiral Insurance Company, incluyó además a demandados desconocidos X, Y, Z.

En el referido accidente, el menor perdió el control de su motocicleta e impactó una bomba de incendios localizada a orillas de la carretera. Alegó el peticionario que la causa próxima del accidente se debió a que la repavimentación del carril creó un desnivel que provocó el que perdiera el control de la motocicleta que conducía.

Alegó además que sufrió una fractura en su tibia derecha y en la mandíbula, así como la pérdida de varias muelas en su dentadura.

Ante ello, alegó que la negligencia del municipio consistió en permitir la existencia del desnivel previamente mencionado, además de las canales a lo largo de la carretera y el hoyo que indicó había en la calle. Por su parte el Municipio negó ser el responsable y atribuyó el accidente, entre otras cosas, a la negligencia del propio demandante.

Asimismo, el Municipio le reclamó en demanda contra tercero a Betteroads Asphalts (Betteroads), compañía que se encontraba realizando trabajos de asfaltado en la carretera. Betteroads, a su vez, demandó a Harry Auto Kool en demanda contra tercero. Betteroads alegó que los trabajos de escarificación de asfalto en la calle fueron realizados por Harry Auto Kool, Inc.

Así las cosas, el referido evento dio paso a una demanda civil en daños con dos demandas contra tercero adicionales. Los demandantes, aquí apelantes no enmendaron la demanda. Trabado así el trámite procesal del caso, el Municipio de San Juan presentó el 7 de febrero de 2012 una Moción de Desestimación, esto posterior a la salida del pleito de Admiral Insurance por haberse ya agotado la póliza. En esta alegó que la...

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