Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Abril de 2013, número de resolución KLRA201200793

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201200793
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución26 de Abril de 2013

LEXTA20130426-019 Torres Sanchez v. New Energy Consultant Inc.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL VI

JUAN R. TORRES SÁNCHEZ
Recurrida
v.
NEW ENERGY CONSULTANT, INC.
Recurrente
KLRA201200793
REVISIÓN Procedente del Departamento de Asuntos del Consumidor Caso Núm.: BA0003501 Sobre: LEY NÚM. 5

Panel integrado por su presidente, el juez Escribano Medina, el juez Bermúdez Torres y la juez Ortiz Flores

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 26 de abril de 2013.

I.

El 2 de marzo de 2011, el señor Juan R. Torres Sánchez radicó, Querella ante el D.A.C.O. contra Doit Best, Inc. y la parte compareciente, New Energy Consultants, por alegadamente instalar defectuosamente un calentador solar y no haberle conseguido un crédito del gobierno de un sistema de energía solar. New Energy Consultants contestó por derecho propio la Querella. Unió a su contestación un acuerdo entre las partes efectuado el 21 de enero de 2011. Mediante el mismo, las partes transigieron y\o acordaron solucionar los problemas que la parte querellante-apelada sometió a el D.A.C.O. y por los cuales existe el presente caso. Adujo con ello, que el

Querellante sometió la Querella sin permitir que New Energy Consultants, cumpliese con las obligaciones contraídas mediante dicho acuerdo.

Señalada vista administrativa ante el D.A.C.O. para el 25 de enero de 2012, el 23 de diciembre de 2012, el abogado de New Energy Consultants, radicó Moción Asumiendo Representación Legal y Moción Solicitando Copia de Evidencia Documental y/o Documentos a Ser Utilizados Durante la Vista Administrativa. En ellas solicitó al D.A.C.O.

ordenara a la apelada notificarle copia de toda la documentación que pretendía utilizar en la vista en su fondo.

Así las cosas, el abogado de New Energy Consultants solicitó la suspensión de la vista del 25 de enero de 2012, por razón de que su médico le ordenó guardar reposo hasta el 26 de enero de 2012. D.A.C.O. reseñaló la vista para el 12 de abril de 2012. Para esa fecha el D.A.C.O. aún no había ordenado a la parte querellante-apelada a suministrarnos la evidencia que utilizarían en la vista en su fondo de manera que nos pudiésemos preparar para la misma.

Ante tal hecho, la representación legal de New Energy Consultants, le informó al Sr. Fidencio Aldamuy (agente autorizado de New Energy Consultants), que iría a la vista del 12 de abril de 2012, con la intención de solicitar el reseñalamientos de la misma, pues, no estábamos preparados para entrar en los méritos de la misma, ya que no habíamos recibido la evidencia documental solicitada. Como resultado de dicha conversación el Sr. Aldamuy nos ordenó que no compareciéramos a dicha vista, pues él se encargaría personalmente de solicitar la evidencia documental a ser utilizada por la querellante-apelada, así como el reseñalamientos de la vista.

No...

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