Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Abril de 2013, número de resolución KLAN201300100

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201300100
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución30 de Abril de 2013

LEXTA20130430-131 Villalba Galan v. O’Neill

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN – GUAYAMA

PANEL II

GRISELLE VILLALBA GALÁN, ET ALS
Demandantes Apelantes
v.
ALCALDE HÉCTOR O’NEILL, ET ALS
Demandados Apelados
KLAN201300100
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Civil Núm.: K PE12-3515 (801) Sobre: Ley Número 2

Panel integrado por su presidente, el Juez Morales Rodríguez, el Juez Figueroa Cabán y el Juez Rivera Colón.

Morales Rodríguez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de abril de 2013.

El 22 de octubre de 2012 la médica Grisselle Villalba Galán, su esposo Arnaldo Piñero Correa y su sociedad legal de gananciales, demandaron al Municipio de Guaynabo a su alcalde, Hon. Héctor O’Neill y a otros funcionarios entre estos al doctor Francisco Fontánez Rivera en su carácter oficial. La demanda se presentó al amparo de la Ley sobre Procedimiento Sumario de Reclamaciones Laborales, Ley Número 2 del 17 de octubre de 1961, según enmendada (32 L.P.R.A., sec. 3118 y ss.) y Ley Núm. 426 del año 2000 conocida como la Ley para la protección de los derechos de empleados y funcionarios públicos denunciantes.

Específicamente la demanda contiene, entre otras, las siguientes alegaciones:

La querellante se desempeñaba como médico pediátrico en un puesto transitorio en la Clínica Guaynabo Medical Mall (Clínicas Externas) adscrita a la Oficina del Alcalde del Municipio de Guaynabo desde el 18 de enero de 2011 hasta el 30 de septiembre de 2011. (…)

El doctor Francisco Fontánez Rivera, (co querellado); comienza a ejercer funciones en el Municipio de Guayanbo como Director del Programa de Administración de Servicios de Salud aproximadamente para el mes de septiembre de 2011.

El doctor Francisco Fontánez Rivera, (co querellado) en una reunión del personal se presenta y reconoce e identifica frente al personal a la querellante en vista de que habían estudiado su carrera de medicina en la misma universidad.

Aproximadamente para el mes de septiembre de 2011, estando bajo la nueva supervisión del doctor Francisco Fontánez Rivera, (co querellado), la querellante comienza a ser víctima de un patrón sofisticado de hostigamiento laboral por parte de sus supervisores; incluyendo a la Lcda. Zulma Betancourt (co querellada); el cual culminó en actos de represalia en contra de la querellante.

El 20 de septiembre de 2011, se presenta en la clínica un paciente acompañado de su madre con una receta para que la querellante la firmara.

La querellante nuevamente se rehúsa a firmarla y luego de terminar con sus pacientes decide presentarse a la oficina de su supervisor “doctor” Francisco Fontánez Rivera, (co querellado) para denunciar la conducta ilegal y antiética a la cual se le estaba obligando a hacer.

La querellante al llegar a la oficina de su supervisor doctor Francisco Fontánez Rivera, (co querellado), se percató que la madre del paciente el cual la doctora Villalba (querellante) le había rehusado firmar la receta, estaba llenando unos formularios entregados por la Sra. María Mercado (secretaria del “doctor” Fontánez).

En ese momento la querellante solicitó a la Sra. Mercado que quería reunirse con el doctor Fontánez para discutir lo referente a la firma de recetas suscritas por otros médicos.

El doctor Fontánez en ese momento estaba reunido con la Lcda. Zulema Betancourt.

La querellante en la oficina de su supervisor y delante de la Lcda. Zulema Betancourt explica lo sucedido con la madre del paciente y denuncia la práctica ilícita de obligarla a firmar recetas suscritas por otros médicos.

La respuesta a la denuncia hecha por la querellante de los actos ilícitos por parte de su supervisor “doctor” Fontánez fue: “No te preocupes, no firmes nada ya te estoy haciendo un file”.

En ese momento y quedando en un estado de nervios la querellante se sintió intimidada por la amenaza que le dijera su supervisor el doctor Fontánez.

La querellante regresa a su trabajo y responsablemente luego de finalizar sus labores,ponchó y se dirigió al Municipio (oficina...

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