Sentencia de Tribunal Apelativo de 8 de Mayo de 2013, número de resolución KLRA201300072

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201300072
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2013

LEXTA20130508-005 Sierra Hernández v. Adm. de Corrección

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMON

PANEL ESPECIAL

ANDREW SIERRA HERNANDEZ
Recurrente
v.
ADMINISTRACION DE CORRECCION
Recurrida
KLRA201300072
Revisión Administrativa procedente del Departamento de Corrección y Rehabilitación Querella Núm.: 215-12-0328 Sobre: Violación al Código #131

Panel integrado por su presidente el Juez Piñero González, el Juez Hernández Serrano y la Jueza Birriel Cardona.

Hernández Serrano, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 8 de mayo de 2013.

Comparece ante este foro intermedio el señor Andrew Sierra Hernández (el señor Sierra) y nos solicita que revoquemos la Resolución emitida el 27 de noviembre de 2012 por el Departamento de Corrección y Rehabilitación (Corrección). Mediante ésta, se concluyó que el señor Sierra violentó el Código 131 –Estar bajo los efectos de alcohol o cualquier otro tipo de bebida embriagante, narcótico, sustancias controladas, drogas, estupefacientes, medicamentos u otros- del Reglamento Núm. 7748 conocido como “Reglamento Disciplinario para la Población Correccional” (Reglamento Núm. 7748).

Estudiados los alegato de las partes y a la luz del derecho aplicable, se confirma la resolución recurrida.

I.

Según surgen del expediente ante nuestra consideración, los hechos e incidentes esenciales y pertinentes para disponer del recurso son los siguientes:

El 23 de octubre de 2012 se presentó contra el señor Sierra un Informe de querellas de incidente disciplinario por violación al Código 131 –

Estar bajo los efectos de alcohol o cualquier otro tipo de bebida embriagante, narcótico, sustancias controladas, drogas, estupefacientes, medicamentos u otros - y al Código 1411

del Reglamento 7748, supra. De dicho informe se desprende que los hechos que originaron la querella, según narrados por el Oficial Correccional Víctor M. Rosa Muñiz, fueron los siguientes:

Mediante las pruebas toxicológicas rápidas realizadas por [é]ste que suscribe el confinado reflejó positivo a estas [sustancias:] cocaína; marihuana y opiáceos.

El 26 de junio de 2012 se celebró la correspondiente vista administrativa y tras examinar la totalidad del expediente administrativo, el Oficial Examinador determinó mediante resolución que el señor Sierra violentó el Códigos 131 del Reglamento 7748, supra. Además, como sanción se le impuso al señor Sierra la suspensión de los privilegios de la comisaría, recreación pasiva y visitas por un periodo de cincuenta y seis (56) días. Inconforme, éste solicitó la reconsideración del dictamen la cual fue declarada no ha lugar.

Oportunamente, el señor Sierra presentó ante nosotros el recurso que ahora atendemos impugnando la...

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