Sentencia de Tribunal Apelativo de 23 de Mayo de 2013, número de resolución KLRX20130034
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRX20130034 |
Tipo de recurso | Recursos extraordinarios |
Fecha de Resolución | 23 de Mayo de 2013 |
LEXTA20130523-005 Cesáreo Rosado v. Díaz Ayala
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES
REGION JUDICIAL BAYAMÓN
MARIA M. CESAREO ROSADO RECURRIDOS V. SHELIMAR DIAZ AYALA PETICIONARIO | KLRX20130034 | HABEAS CORPUS PROCEDENTE DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE BAYAMÓN CASO NÚM: DCU2013-0111 SOBRE: CUSTODIA | ||
Panel integrado por su presidente el juez Escribano Medina, el juez Bermúdez Torres y la juez Brignoni Mártir
En San Juan, Puerto Rico a 23 de mayo de 2013.
Comparece la peticionaria, Shelimar Díaz Ayala y solicita mediante recurso de habeas corpus la revocación de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia, que concedió la custodia provisional de los menores F.A.B.D. de tres años y H.J.B.D., hijos de la peticionaria, a la recurrida, María M. Cesáreo Rosado, quien es abuela paterna de los menores.
Hemos examinado el recurso ante nuestra consideración y del mismo surge que no ha sido perfeccionado conforme a derecho, ya que no cumple con los requisitos de presentación del Reglamento del Tribunal de Apelaciones. ("Reglamento").
El Reglamento del Tribunal de Apelaciones establece que los procedimientos de habeas corpus, deberán cumplir con la reglamentación procesal civil, las leyes especiales pertinentes y el Reglamento del Tribunal de Apelaciones. La Regla 55(J) dispone que cuando se presenta un recurso de habeas corpus, la parte peticionaria emplazará a todas las partes a tenor con las disposiciones de las Reglas de Procedimiento Civil y las leyes pertinentes. 4 L.P.R.A. AP.XXII-B.
También dispone dicho Reglamento que el...
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