Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Mayo de 2013, número de resolución KLCE201300446

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201300446
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2013

LEXTA20130531-113 Rivera Frau v. Jaguar of PR

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN Y GUAYAMA

PANEL IV

CÉSAR RIVERA FRAU, EDGARDO LUIS RIVERA RIVERA
Peticionarios
v.
JAGUAR OF PUERTO RICO, INC.
Recurrido
KLCE201300446
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan CIVIL NÚM.: K DP2007-1073 (802) SOBRE: Daños y Perjuicios

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Fraticelli Torres, la Jueza Ortiz Flores y el Juez Ramos Torres

Ramos Torres, Juez Ponente

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico a 31 de mayo de 2013.

Comparece ante este Tribunal de Apelaciones el licenciado Edgardo Luis Rivera Rivera (licenciado Rivera) y nos solicita que revisemos una resolución emitida el 7 de marzo de 2013 por la Sala Superior de San Juan del Tribunal de Primera Instancia (TPI). Mediante dicho dictamen el TPI denegó la moción del licenciado Rivera en la que solicitó que se retirara el desistimiento voluntario de su reclamación.

Por los fundamentos expuestos a continuación, acogemos el presente recurso como una apelación y desestimamos el recurso por falta de jurisdicción.

I.

El 15 de agosto de 2011 el señor César Rivera Frau (señor Rivera) y el licenciado Rivera presentaron una demanda de daños y perjuicios e incumplimiento de contrato contra la Jaguar of Puerto Rico, Inc. (la Jaguar).

En la misma alegaron que debido a la negligencia y al diagnóstico incorrecto de la Jaguar el vehículo de motor del señor Rivera sufrió daños ascendentes a $7,000.00. Además, solicitaron la cantidad de $25,000.00 en concepto de angustias mentales por cada uno de los demandantes, $25,000.00 por la pérdida de uso del automóvil, $15,000.00 por la depreciación de este, más costas, gastos y honorarios de abogado.1

El 5 de marzo de 2008 la Jaguar presentó su contestación a la demanda negando las alegaciones esenciales de la misma.

El 21 de diciembre de 2012 se celebró una vista y de la minuta se desprende que “[l]uego de una reunión en el estrado con los representantes legales de las partes, el tribunal hizo constar que la parte demandante informa que desiste con perjuicio de la reclamación de la parte codemandante, Edgardo Luis Rivera Rivera…”

El 15 de enero de 2013, notificada el día 18 del mismo mes y año, el TPI dictó sentencia parcial desestimando con perjuicio la causa de acción del licenciado Rivera. El 16 de enero de 2013 el licenciado Roberto Martínez Hornedo (licenciado Martínez) presentó una moción de renuncia de representación, en la que además solicitó que fuese retirada la petición de desistimiento voluntario con perjuicio en cuanto a la reclamación del codemandante licenciado Rivera. El 22 de enero de 2013 el foro primario emitió una resolución y determinó lo siguiente:

Se releva al Lic. Roberto...

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