Sentencia de Tribunal Apelativo de 10 de Junio de 2013, número de resolución KLRA201300364

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201300364
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución10 de Junio de 2013

LEXTA20130610-012 Del Turabo Construction Inc. v. Junta de Subastas del Municipio de Cayey

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN-GUAYAMA

PANEL IV

DEL TURABO CONSTRUCTION, INC. Recurrente v. JUNTA DE SUBASTAS DEL MUNICIPIO DE CAYEY Recurrido KLRA201300364 Revisión procedente de la Junta de Subastas del Municipio de Cayey SUBASTA: 2013-137

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Fraticelli Torres, la Juez Ortiz Flores y el Juez Ramos Torres

Fraticelli Torres, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 10 de junio de 2013.

La recurrente Del Turabo Construction, Inc. nos solicita que revisemos la decisión de la Junta de Subastas del Municipio de Cayey que otorgó la buena pro de la Subasta Formal 2013-137, para la “Reparación y Mejoras al Sistema Pluvial de la Urbanización Alturas de Beatriz”, a otro licitador, a pesar de que la recurrente fue el postor más bajo. La revisión solicitada se limita al segundo aviso de adjudicación de subasta denominado “Notificación de Adjudicación Enmendada”, emitido por la Junta de Subastas el 25 de marzo de 2013.1

Conjuntamente con el recurso de revisión judicial, la recurrente solicitó una orden en auxilio de nuestra jurisdicción. Además, sometió una “Moción Complementaria sobre la Jurisdicción del Tribunal” en la que planteó que la Junta de Subastas emitió la “Notificación de Adjudicación Enmendada” el 25 de marzo de 2013, pero no se la notificó a los abogados de la corporación recurrente, sino a la corporación directamente. Habiendo recurrido en tiempo hábil ante este foro revisor, solicitó que acogiéramos el recurso, aunque no se hubiera emitido una notificación adecuada.

Ante lo informado por la recurrente en su moción complementaria, advertimos una cuestión procesal que debíamos atender como cuestión de umbral: si este Tribunal tiene jurisdicción para entender en el recurso, debido a la falta de notificación adecuada de la adjudicación de la subasta a la representación legal de la corporación recurrente. A esos efectos, el 30 de abril de 2013 emitimos a la Junta de Subastas del Municipio de Cayey una orden de mostrar causa por la cual no debíamos dejar sin efecto nuevamente la notificación de la adjudicación de la subasta, por no haberse notificado adecuadamente al abogado de la corporación recurrente.

El Municipio de Cayey cumplió con lo ordenado, reconoció que la notificación fue inadecuada y argumentó que este recurso de revisión judicial es prematuro, por lo que solicitó el archivo del recurso. En caso de que entendiéramos que teníamos jurisdicción para entender en el recurso, solicitó un plazo para presentar su alegato. Emitimos, entonces, una resolución el 16 de mayo de 2013 en la que le concedimos un término perentorio al Municipio para atender los méritos del recurso o informarnos cualquier otro curso de acción que incidiera sobre el recurso o sobre la subasta que lo origina.

El Municipio presentó ante nos una “Moción en Cumplimiento de Orden”

el 28 de mayo de 2013 en la que nos informa que la Junta de Subastas de ese Municipio determinó cancelar la subasta que nos ocupa por razones de interés público, hasta que se completen los procesos de reevaluación de los planos que se utilizaron para solicitar las propuestas. Ante esa situación, el Municipio de Cayey nos solicita el archivo del recurso de revisión judicial por advenir académico.

Evaluada la solicitud del Municipio de Cayey, luego de cancelarse la adjudicación por la Junta de Subastas, resolvemos que procede desestimar el recurso por académico.

Veamos a continuación los hechos y el derecho que fundamentan nuestra determinación.

I

El 30 de agosto de 2012 la Junta de Subastas del Municipio de Cayey publicó en un rotativo del país un Aviso Público de la Subasta Formal 2013-137 para la “Reparación y Mejoras al Sistema Pluvial de la Urbanización Alturas de Beatriz”. En el aviso se especificaron las fechas para la reunión presubasta y los requisitos de licitación.

La Junta celebró el acto de apertura de la subasta el 27 de septiembre de 2012, para la cual se recibieron propuestas de diez licitadores, entre los que estaba la corporación Del Turabo Construction, Inc. (Turabo Contruction). Días después de la apertura de la subasta, el 3 de octubre de 2012 la Junta de Subastas envió una carta a los licitadores que comparecieron para requerirles información adicional, consistente en un desglose de las partidas detalladas que ellos consideraron al realizar la propuesta económica.

El 30 de octubre de 2012 la Junta de Subastas evaluó las siguientes propuestas:

Del Turabo Construction, Inc. $1,792,900

Venegas Construction $1,871,000

Constructora I.

Meléndez $1,891,930

CD Builders $2,026,000

Pagán Heavy Equipment $2,129,220

Alfa y Omega $2,200,000

San Lorenzo Construction $2,349,000

Rullán-Ruiz Group, Inc. $2,396,000

Actuality Construction, Inc. $2,570,000

RIVCON Rivero Construction $3,996,000

Luego de analizar todas las licitaciones, el 16 de noviembre de 2012 la Junta adjudicó la buena pro de la subasta a Constructora I. Meléndez, a pesar de no ser el postor más bajo. La Junta basó su determinación en que la corporación seleccionada fue la primera compañía que cumplió con los requisitos establecidos en las condiciones generales de la subasta. Específicamente, en cuanto a la corporación Turado Construction, la Junta señaló que esta no cumplió con la entrega de la certificación de no deuda con el Municipio de Cayey, requisito que consideraba como indispensable.

Por igual razón, la Junta también descartó a Venegas Construction, el segundo postor más bajo, y adjudicó la subasta a Constructora I. Meléndez, el tercer postor más bajo.

Inconforme con esa determinación, Turabo Construction cuestionó a la Junta de Subastas su determinación. Argumentó que la información solicitada...

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