Sentencia de Tribunal Apelativo de 12 de Junio de 2013, número de resolución KLCE201300698

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201300698
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución12 de Junio de 2013

LEXTA20130612-009 Ortiz Berrios v. Cooperativa de Servicios Médicos de PR

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE AGUADILLA

PANEL I

ERIC G. ORTIZ BERRÍOS Recurrido v. COOPERATIVA DE SERVICIOS MÉDICOS DE PUERTO RICO (Servimed Coop.) Peticionarios KLCE201300698 CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Aguada Civil Núm. ABC12012-00747 (602) SOBRE: DESPIDO INJUSTIFICADO

Panel integrado por su Presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry,1 la Jueza Colom García y el Juez Hernández Serrano

Vizcarrondo Irizarry, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 12 de junio de 2013.

Comparece la peticionaria Cooperativa de Servicios Médicos de Puerto Rico (Cooperativa) y presenta una Moción en Auxilio de Jurisdicción junto a una petición de certiorari. En el recurso de certiorari nos solicita en primera instancia que revisemos una orden emitida por el TPI el 14 de mayo de 2013, notificada el 15 de mayo de 2013, en la cual el TPI denegó una “Moción de Relevo de Sentencia” presentada por ellos. No obstante, la parte peticionaria en el cuerpo de su escrito, solicita más bien la revisión de una determinación del foro de instancia emitida el 19 de marzo de 2013 en la cual éste denegó una solicitud de reconsideración presentada por la Cooperativa para dejar sin efecto la anotación de rebeldía y la sentencia parcial emitida en su contra.

Por entender que en este caso, conforme al error señalado y a la discusión del alegato, la parte peticionaria pretende revisar la solicitud de reconsideración denegada por el TPI de la cual ya transcurrieron los términos dispuestos en la ley para solicitar revisión ante este foro, DESESTIMAMOS el pleito por falta de jurisdicción. A la Moción en Auxilio de Jurisdicción declaramos la misma No Ha Lugar. Exponemos.2

I.

El señor Eric G. Ortiz Berríos presentó ante el TPI una querella contra la Cooperativa al amparo de la Ley 80 del 30 de mayo de 1976, por despido injustificado, utilizando el procedimiento sumario de la Ley Núm. 2 del 17 de octubre de 1961. Además reclamó salarios, vacaciones y bono de navidad. Luego de varios trámites procesales que incluyeron: la contestación a la demanda por parte de la Cooperativa; así como una moción de relevo de representación legal y prórroga por parte de la Cooperativa para anunciar nueva representación legal, se pautó el caso para juicio en su fondo el 11 de febrero de 2013. El 8 de febrero de 2013 el señor Ortiz presentó una moción solicitando que se eliminaran las alegaciones y se dictara sentencia contra la Cooperativa. El 11 de febrero el TPI le informó a la Cooperativa mediante minuta archivada que adujera las razones por las cuales no se debía eliminar las alegaciones y verse el caso en su ausencia.

Así las cosas, el TPI emitió una Sentencia Parcial el 4 de marzo de 2013, en la cual procedió a eliminar las alegaciones, anotar la rebeldía a la Cooperativa y a dictar sentencia a favor del señor Ortiz sobre la reclamación de despido injustificado al amparo de la Ley Núm. 80, supra. En relación a las restantes reclamaciones de la acción, señaló vista en su fondo en rebeldía. En esa misma fecha, la Cooperativa presentó ante el TPI una moción en la cual se opuso a la solicitud por parte del señor Ortiz a los efectos de que se eliminaran las alegaciones y se dictara sentencia. El TPI mediante resolución emitida el 6 de marzo de 2013 denegó tal moción.

El 19 de marzo de 2013 la Cooperativa presentó una moción solicitando la reconsideración de la sentencia parcial dictada el 4 de marzo de 2019. La Cooperativa solicitó al TPI que reconsidere su determinación de dictar sentencia parcial y dejara la misma sin efecto. El TPI declaró la solicitud de reconsideración no ha lugar el 19 de marzo de 2013. De tal determinación la Cooperativa no acudió a este Tribunal. Posteriormente, la Cooperativa presentó ante el TPI unaMoción Solicitando el Relevo de Sentencia el 29 de abril de 2013. En ella la Cooperativa...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR