Sentencia de Tribunal Apelativo de 12 de Junio de 2013, número de resolución KLRA201300447

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201300447
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución12 de Junio de 2013

LEXTA20130612-010 Román López v. Asociado de Impuesto al Consumo

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN - GUAYAMA

Panel II

GISELA ROMÁN LÓPEZ
Recurrente
v.
NEGOCIADO DE IMPUESTO AL CONSUMO
Recurrido
KLRA201300447
Revisión Administrativa procedente del Departamento de Hacienda Caso Núm.: 2013-IVU-132 Sobre: Multas Administrativas y Penalidades Sección 6043.01(a) 6043.03(a) 6043.03(d)

Panel integrado por su presidente, el Juez Morales Rodríguez, el Juez Figueroa Cabán y el Juez Rivera Colón.

Figueroa Cabán, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 12 de junio de 2013.

Comparece la Sra. Gisela Román López, en adelante la Sra. Román o la recurrente, y solicita que revisemos una resolución emitida el 24 de abril de 2013 por la Secretaría de Procedimiento Adjudicativo del Departamento de Hacienda, en adelante Hacienda o el recurrido. Mediante dicho dictamen el recurrido desestimó la querella presentada por la recurrente por falta de jurisdicción.

Este Tribunal puede “prescindir de términos no jurisdiccionales, específicos”, escritos, notificaciones o procedimientos adicionales, ello

“con el propósito de lograr su más justo y eficiente despacho…”, conforme permite la Regla 7 (B) (5) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones, 4 L.P.R.A. Ap. XXII-B, R. 7 (B) (5). En consideración a lo anterior, disponemos del recurso sin la comparecencia del recurrido.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, se confirma la resolución recurrida.

-I-

Según surge del expediente, el 12 de mayo de 2010 la recurrente presentó una Solicitud de Certificado de Registro de Comerciante y Certificado de Excención en la página de internet de Hacienda para operar un salón de belleza de una sola silla en el Barrio Miradero de Mayagüez. El sistema computarizado del Departamento generó la confirmación de solicitud Núm. 100252315, la cual reflejaba la dirección de la recurrente: CARR. 411 KM.1.6 INTERIOR, SECTOR CABO DÍAZ, AÑASCO, PR, 00610.1

Al 12 de mayo de 2011 la recurrente no había recibido el Certificado de Registro del Departamento. Ese día se presentó al salón de belleza de la recurrente la inspectora de Hacienda, Sra. Evonne Sotomayor. A pesar de que la recurrente le mostró a la inspectora la confirmación de solicitud Núm.

100252315, ésta rehusó aceptarlo como prueba de que había solicitado el Certificado de Registro de Comerciante y le indicó que habría de imponer multas.

El 18 de mayo de 2011 la recurrente presentó una Solicitud para Añadir una Nueva Localidad o Actividad a un Comerciante Inscrito en el Registro de Comerciantes, en la cual requirió se añadiera a su registro la localidad: Carr.

108 KM 26, Bo. Miradero, Mayagüez, PR, 00680.2 El recurrido emitió el Certificado de Registro de Comerciante para la localidad de Mayagüez.3

Así las cosas, el 10 de octubre de 2011, Hacienda emitió y notificó una Notificación de Multa Administrativa y Penalidades a la recurrente, en adelante la Notificación. En la misma le impuso una multa ascendente a $11,500.00 por no poseer ni exhibir en un lugar visible el Certificado de Registro de Comerciante o prueba de su solicitud, y dejar de notificar cambios o enmiendas, robo del certificado, cese parcial o total de operaciones. Además, se le apercibió que de estar inconforme con la multa tenía treinta (30) días, a partir de la fecha de notificación, para presentar una querella ante el recurrido.4

El 17 de abril de 2013 la recurrente presentó una querella en la Secretaría de Hacienda, en adelante la Querella. En la misma señaló lo siguiente:

Por este medio informo que las multas sometidas no estoy de acuerdo dada mi evidencia ya estaba registrado y presente en el negocio. En ese momento aun no llegaba el registro por correo y realizo la diligencia pertinente para...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR