Sentencia de Tribunal Apelativo de 18 de Junio de 2013, número de resolución KLAN201300860

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201300860
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución18 de Junio de 2013

LEXTA20130618-039 Banco Popular de PR v. Vázquez Ayala

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE MAYAGÜEZ, AGUADILLA Y UTUADO

PANEL X

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO
Apelante
v.
BERNABELA VÁZQUEZ AYALA Y LA SUCESIÓN DE ROBBIN NOEL RIVERA, COMPUESTA POR: YAHAIRA NOEL, DAYARA NOEL, NOEL NOEL Y FULANO Y FULANA DE TAL COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS
Apelados
KLAN201300860
Apelación Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez Caso Núm.: ISCI201100541 Sobre: Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca (Por la Vía Ordinaria)

Panel integrado por su presidente, el Juez González Vargas, la Juez Surén Fuentes, y la Jueza Soroeta Kodesh

Soroeta Kodesh, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 18 de junio de 2013.

Mediante recurso de apelación presentado el 30 de mayo de 2013, comparece el Banco Popular de Puerto Rico (en adelante, Banco). Nos solicita que revisemos una Sentencia emitida el 3 de abril de 2013, por el Tribunal de Primera Instancia (en adelante, TPI), Sala de Mayagüez. A través de la Sentencia apelada, el TPI declaró Con Lugar la acción de cobro de dinero y ejecución de hipoteca según solicitada por el Banco en cuanto a la codemandada, Sra. Bernabela Vázquez Ayala (en adelante, señora Vázquez Ayala). No obstante, el foro de instancia decretó No Ha Lugar la reclamación sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca en cuanto a los miembros de la Sucesión Robbin Noel Rivera, por considerar insuficiente el acto de interpelación mediante correo certificado devuelto que realizó el Banco.

Por los fundamentos que exponemos a continuación, se desestima el recurso de epígrafe por falta de jurisdicción por prematuro.

I.

De acuerdo al expediente ante nuestra consideración, el 22 de diciembre de 2003, la señora Vázquez Ayala y el Sr. Robbin Noel Rivera (en adelante, señor Noel Rivera), suscribieron un pagaré a favor de Popular Mortgage Corporation o a su orden, por la suma principal de $67,500.00, más intereses desde esa fecha hasta el pago total del principal, a razón de 6.250% anual sobre el balance adeudado. Con miras a garantizar el pago de dicho pagaré, los otorgantes constituyeron una hipoteca, mediante la Escritura Núm.

71 de 22 de diciembre de 2003, sobre un inmueble localizado en el Barrio Limón, carretera núm. 105 km. 8.7 del Municipio de Mayagüez.

El 31 de marzo de 2011, el Banco incoó una Demanda sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca en contra de la señora Vázquez Ayala y el señor Noel Rivera. En síntesis, alegó que los codemandados incumplieron sus obligaciones de pago y que la deuda estaba vencida, por lo que era líquida y exigible. Asimismo, solicitó la ejecución de la hipoteca y la venta en pública subasta del bien inmueble que garantiza el pagaré hipotecario.

Por su parte, el Banco presentó una Moción Solicitando Extensión de Tiempo y Sometiendo Prueba Documental el 27 de junio de 2011. Básicamente, el Banco solicitó una prórroga para emplazar a los demandados debido a que estos no habían podido ser localizados.

Con posterioridad, el 17 de agosto de 2011, el Banco instó una Moción en Sustitución de Parte y Acompañando Demanda Enmendada y Moción en Solicitud de Autorización para Emplazar por Edictos. En la misma, informó que advino en conocimiento de que el señor Noel Rivera había fallecido y peticionó la sustitución de este en el pleito por los miembros de su Sucesión. Además, solicitó permiso para emplazar por edicto a los miembros de la Sucesión Robbin Noel Rivera.

El 30 de septiembre de 2011, el TPI emitió una Resolución y Orden en la que autorizó la sustitución de Robbin Noel Rivera t/c/c Robbyn Noel t/c/c Robbyn Rivera Noel t/c/c Robbyn Noel Rivera por los miembros de su Sucesión.

Además, le ordenó al Banco a notificar la Demanda Enmendada al Departamento de Hacienda y al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales. El TPI también instruyó al Banco que debía presentar una certificación de la Administración para el Sustento de Menores. Por último, el foro apelado autorizó el emplazamiento por edictos. Dicha Resolución y Orden fue notificada el 31 de octubre de 2011.

Subsecuentemente, el 6 de diciembre de 2012, el Banco presentó una Moción en Solicitud de Anotación de Rebeldía por Falta de Comparecencia y en Solicitud de Sentencia en Rebeldía. En primer lugar, informó que emplazó, mediante edicto publicado en el periódico Primera Hora el 11 de noviembre de 2011, a los miembros de la Sucesión Robbin Noel Rivera compuesta por Yahaira Noel...

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