Sentencia de Tribunal Apelativo de 20 de Junio de 2013, número de resolución KLRA201300470

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201300470
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución20 de Junio de 2013

LEXTA20130620-009 Rivera Crespo v. Adm. de Corrección

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL I

LUIS RIVERA CRESPO Recurrente v ADMINISTRACIÓN DE CORRECCIÓN Recurrida KLRA201300470 Revisión Administrativa Procedente de la División de Remedios Administrativos del Departamento de Corrección CASO NÚM. JB-495-13 SOBRE: DESESTIMACIÓN

Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry,1 la Juez Colom García y el Juez Hernández Serrano

Vizcarrondo Irizarry, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 20 de junio de 2013.

Comparece ante nos, por derecho propio, el señor Luis A Rivera Crespo y expone una relación de hechos entre los cuales menciona una solicitud de remedio administrativo emitida por el Departamento de Corrección que pretende revisar. En ejercicio de nuestra facultad para prescindir de términos no jurisdiccionales y de escritos de partes para resolver de forma ágil y rápida la controversia planteada conforme a la Regla 7 (B)(5) del Reglamento de Apelaciones, 4 L.P.R.A.

Ap. XXII-B y por los fundamentos que exponemos a continuación, CONFIRMAMOS la determinación administrativa recurrida.

I.

El recurrente, señor Rivera Crespo presentó una solicitud de remedio administrativo ante el Departamento de Corrección el 20 de marzo de 2013. En esta se queja de la conducta del superintendente señor Alexander Rodríguez Madera por entender que ésta no es adecuada. Hace referencia a unos hechos inconclusos sobre una cuchilla, sobre una divulgación a los presos de que él daba información, que la conducta del señor Madera podía ocasionar un motín, que el señor Madera tiene una persecución maliciosa y viciosa en su contra, que lo maltrata psicológicamente y que pidió ayuda al señor Madera para bañarse, entre otras alegaciones. Solicita hablar con el señor Roberto Cano Rodríguez para arreglar el problema con el señor Madera. El 12 de marzo de 2013 la Evaluadora de la División de Remedios Administrativos emitió una respuesta en la cual desestimó la solicitud conforme a la Regla XII, sección 1 del Reglamento para Atender las Solicitudes de Remedios Administrativos. La referida sección establece:

Será responsabilidad del miembro de la población correccional presentar las Solicitudes de Remedios en forma clara, concisa y honesta, estableciendo las fechas y nombres de las personas involucradas en el incidente. Igualmente ofrecerá toda información...

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