Sentencia de Tribunal Apelativo de 24 de Junio de 2013, número de resolución KLRA201201155

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201201155
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución24 de Junio de 2013

LEXTA20130624-003 Vázquez Chévere v. Consejo de Titulares Cond. Metro Plaza Towers

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL I

TOMASA DEL C. VÁZQUEZ CHEVERE
Recurrente
v.
CONSEJO DE TITULARES COND. METRO PLAZA TOWERS, REP. POR EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE DIRECTORES, LCDO. CARLOS I. GORRIN PERALTA PONCE DE LEÓN, INC.
Recurrido
KLRA201201155 Revisión Administrativa Procedente del Departamento de Asuntos del Consumidor CASO NÚM. SJ0008258 SOBRE: LEY NÚM. 104 DE 25 DE JUNIO DE 1958, SEGÚN ENMENDADA

Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry,1 la Juez Colom García y el Juez Hernández Serrano

Vizcarrondo Irizarry, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 24 de junio de 2013.

Comparece la Lcda.

Tomasa del C. Vázquez Chévere y nos solicita la revisión judicial de una determinación del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo). En la referida determinación el DACo declaró No Ha Lugar la querella solicitada por la recurrente en contra del Consejo de Titulares Condominio Metro Plaza Towers.

El DACo determinó, en cuanto a la impugnación sobre el acuerdo del Consejo de Titulares adoptado en la Asamblea Extraordinaria del 13 de marzo de 2012, que se cumplió con el procedimiento de la ley.

Por los fundamentos que exponemos a continuación, REVOCAMOS la determinación del foro administrativo.

I.

La Lcda. Vázquez Chévere es titular del apartamiento 610 del Condominio Metro Plaza, adquirido mediante escritura de compraventa el 12 de noviembre de 2008. El Condominio Metro Plaza fue desarrollado por Ponce de León 1403 Inc. (Ponce de León), la cual sometió el Condominio al Régimen de Propiedad Horizontal mediante escritura pública el 23 de junio de 2008. Como desarrollador del Condominio Metro Plaza Towers2, Ponce de León ejerció además funciones de administrador interino.

La Lcda. Vázquez Chévere, por conducto del Lcdo. Godreau, cursó una carta al Registrador de la Propiedad en la cual le solicitó que al calificar la escritura matriz del Condominio Metro Plaza Towers, requiriera al desarrollador corregir los porcientos de participación de los apartamentos para incorporar, al área total de los apartamentos, el área correspondiente a los espacios asignados a cada apartamento. Así las cosas, el 15 de abril de 2011, la Registradora de la Propiedad notificó unos defectos para la escritura matriz al notario otorgante. La falta se relacionaba con el cómputo de porciento de los espacios privados del estacionamiento, que fueron asignados como anejos de los apartamentos y debían computarse al área superficial de cada apartamento. Con el fin de corregir las faltas, Ponce de León otorgó la escritura de rectificación número 215; no obstante, ésta fue rechazada por la Registradora por no constar evidencia de que el Consejo de Titulares del Condominio Metro Plaza Towers diera su aprobación a la modificación.

Ponce de León convocó a una asamblea extraordinaria al Consejo de Titulares del Condominio Metro Plaza Towers para el 13 de octubre de 2011. En esa asamblea se consideró la rectificación solicitada por la Registradora de la Propiedad y el Consejo de Titulares no aprobó la escritura de rectificación presentada por el desarrollador. La Registradora de la Propiedad fijó como fecha final para corregir los defectos de la escritura matriz del Condominio Metro Plaza Towers el 30 de abril de 2012. Por otra parte, el 16 de septiembre de 2011, Ponce de León radicó una petición de quiebra3.

El Consejo de Titulares del Condominio Metro Plaza Towers, el 28 de febrero de 2012 fue citado a asamblea extraordinaria para considerar, entre otras cosas: la elección de la primera Junta de Directores; y la aprobación de la escritura de rectificación de la escritura matriz requerida por el Registro de la Propiedad y preparada por Ponce de León. La Lcda. Vázquez Chévere no compareció a la referida asamblea, pero presentó por escrito una excusa por su ausencia al desarrollador y al presidente del Comité de Transición del Condominio.

El Consejo de Titulares del Condominio Metro Plaza Towers, el 13 de marzo de 2012, fue convocado a una asamblea extraordinaria en la cual se incluyó la aprobación de la escritura de rectificación de la escritura matriz del Condominio. A dicha asamblea asistieron 46 titulares. La Lcda.

Vázquez Chévere votó en contra de la aprobación de la escritura de rectificación y expresó los fundamentos para su oposición. El Consejo de Titulares determinó aprobar una moción presentada por un titular a los fines de determinar que la oposición presentada no estaba fundamentada y era “arbitraria y caprichosa” por lo que se consideraba por no puesta. La moción fue secundada y la votación fue aprobada a razón de 29 votos a favor y 6 en contra.

El Consejo de Titulares, al dar por no puesta la oposición de la querellante en la reunión del 13 de marzo de 2012, dio por aprobado unánimemente el proyecto de escritura de rectificación presentado por la Junta de Directores. El 25 de marzo de 2012 la Lcda. Vázquez Chévere cursó una comunicación escrita a la Junta de Directores en la cual impugnó el acta de la asamblea celebrada el 13 de marzo de 2012 pues no recogía la determinación del Consejo de Titulares sobre su voto en oposición a la aprobación de la escritura de rectificación y solicitó que la controversia fuera referida al Comité de Conciliación.

El 10 de abril de 2012 la Lcda. Vázquez Chévere radicó una querella ante el DACo en la cual impugnó: la manera en la cual Ponce de León y el Consejo de Titulares aceptaron la administración del Condominio4; y la actuación del Consejo de Titulares en la asamblea del 13 de marzo de 2012 en cuanto a decretar sin fundamento y caprichosas las objeciones y la oposición de la querellante sobre la escritura de rectificación. Solicitó entre otras cosas, que el DACo determinara que las objeciones de la querellante estaban fundamentadas en la Ley de Condominios y en la escritura matriz.

Luego de radicada la querella, el 14 de abril de 2012, el Consejo de Titulares y el presidente del Consejo, en su carácter personal, presentaron ante el Tribunal de Primera Instancia (TPI) una demanda contra la Lcda. Vázquez Chévere para que el foro de instancia decretara la nulidad de su voto en oposición a la enmienda a la escritura matriz en la asamblea celebrada el 13 de marzo de 2012 por alegadamente éste ser arbitrario y caprichoso; además solicitó que se expidiera un interdicto preliminar y permanente contra la Lcda. Vázquez Chévere para que cumpliera y respetara el acuerdo del Consejo de Titulares. Esta demanda fue desestimada por el TPI mediante sentencia el 27 de abril de 2012.

El 30 de abril de 2012 Ponce de Leon y el presidente del Consejo de Titulares ejecutaron el acuerdo mediante escritura...

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