Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Junio de 2013, número de resolución KLRA201300416

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201300416
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución27 de Junio de 2013

LEXTA20130627-013 Agostini Martell v. Adm. de Corrección

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL I

JESSE E. AGOSTINI MARTELL
RECURRENTE
V.
ADMINISTRACIÓN DE CORRECCIÓN
RECURRIDO
KLRA201300416
REVISIÓN ADMINISTRATIVA

Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, la Jueza Colom García y el Juez Cabán García

Colom García, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 27 de junio de 2013.

Jesse E. Agostini Martell, pro sé, nos solicita que revisemos una Resolución emitida por el Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) notificada el 13 de marzo de 2013 mediante la cual se le impuso la sanción de suspender el privilegio de comisaría por un período de veintiún (21) días.

ANTECEDENTES

Surge de los autos que el 6 de febrero de 2013 un sargento de la Institución Correccional Sabana Hoyos en Arecibo, le entregó a Jesse E. Agostini

Martell (Agostini Martell) un Informe Disciplinario “Querella” sobre hechos acaecidos el 6 de febrero de 2013 a las 6:13 a.m. En el mismo se alegó que al estar realizando el recuento de las 6:00 a.m. el confinado en Agostini Martell salió alterado, gritando, provocó una situación en la que hubo que movilizar personal adicional para poder controlar la matrícula de confinados.

De la querella surge una descripción del incidente, el día y la hora en que éste ocurrió, se identificó el nombre y número de confinado, el lugar del incidente, los testigos, el comportamiento observado en el confinado identificado como “molesto alterado provocando una situación”. La querella la firmó el Oficial Edwin Montero Rivera y el sargento que la entregó. También surge la fecha del 6 de febrero de 2013 a las 11:45 a.m. como el día y hora de la entrega. En ella se consignó la firma del confinado. A la querella se anejó una lista de los cargos a saber: 121-Amenaza o su tentativa, 205-Disturbio, 206-Incitación a disturbio, 215 interferir con el recuento, 226 violar reglas publicadas en la unidad de vivienda y 227a-Desobedecer una orden directa.

Ese mismo día, se realizó la Segregación Administrativa del Miembro de Población Correccional (MPC) del resto de la población penal y fue llevado a la Institución Correccional Guerrero en Aguadilla de acuerdo al procedimiento uniforme de la Regla 21 del Reglamento Disciplinario para la Población Correccional, Reglamento número 7748.

El 12 de febrero de 2013 se citó a Agostini Martell para unaVista Administrativa Disciplinaria a llevarse a cabo el 14 de febrero de 2013 a las 10:00 a.m. A la citación se anejó un reporte de los cargos 121, 205, 206, 215, 226, 227...

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