Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Junio de 2013, número de resolución KLRA201300504

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201300504
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución27 de Junio de 2013

LEXTA20130627-025 Figueroa Rodríguez v. Adm. de Corrección

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE CAROLINA - HUMACAO

PANEL IX

LUIS D. FIGUEROA RODRÍGUEZ
Recurrente
V.
ADMINSITRACIÓN DE CORRECCIÓN, INSTITUCIÓN DE BAYAMÓN 501
Recurrida
KLRA201300504 REVISIÓN ADMINISTRATIVA Procedente del Departamento de Corrección y Rehabilitación Caso Número: Sobre:

Panel integrado por su presidenta, la Juez Coll Martí, la Juez Domínguez Irizarry y el Juez Flores García.

Flores García, Juez Ponente.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 27 de junio de 2013.

Mediante el presente recurso de revisión judicial, comparece ante este Honorable Tribunal, Luis D. Figueroa Rodríguez, miembro de la población correccional, en adelante “el recurrente”, solicitando que revisemos una alegada Resolución emitida por un Oficial Examinador de la Institución de Bayamón 501 del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR), en adelante “el recurrido”. Mediante la referida Resolución alegadamente se encontró incurso al recurrente en violación al Reglamento Disciplinario por posesión ilegal de un objeto. El recurrente presentó un escueto escrito, que no acompañó de ningún documento que acreditara lo alegado, ni la resolución u orden recurrida.

Por los fundamentos que expresamos a continuación, se desestima el recurso promovido. Veamos.

I.

Según el recurrente, al momento de los hechos que dieron curso al presente recurso de revisión judicial, se encontraba confinado en la Institución Penal 501 de Bayamón. El 5 de febrero de 2013, alegadamente se realizó un registro en el módulo 3-J de la Institución de Bayamón donde se encontraba el recurrente. Como parte del proceso, los confinados fueron sacados de sus celdas y sentados en el piso de la plazoleta en el primer nivel.

El recurrente adujo que el oficial Acevedo lo levantó del piso junto a los demás confinados para realizarles un registro al desnudo. Como consecuencia del registro, el oficial Acevedo encontró un cargador en el bolsillo del recurrente por lo que presentó una querella en su contra. El recurrente alegó que como resultado del registro no se encontró objeto alguno a ninguno de los confinados. También señaló que el motivo que tuvo el oficial Acevedo para presentar una querella en su contra fue un inconveniente surgido entre ambos con anterioridad a los hechos que dieron origen al presente recurso.

Según el recurrente, en el piso había un objeto, pero no le pertenecía a él, sino al confinado Ángel García, quien alegadamente lo admitió. También añadió que...

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