Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Junio de 2013, número de resolución KLCE201300436

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201300436
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución27 de Junio de 2013

LEXTA20130627-032 Alejandro Cruz v. Valdés

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE PONCE

PANEL VIII

FRANCISCO ALEJANDRO CRUZ
Peticionario
v.
ADOLFO VALDÉS
Recurrido
KLCE201300436
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce Civil Núm. J PE2011-0652 (604)

Panel integrado por su presidente, el Juez Piñero González, el Juez Hernández Serrano y la Jueza Birriel Cardona.

Piñero González, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 27 de junio de 2013.

Comparece el señor Francisco Alejandro Cruz (señor Cruz o parte peticionaria) cuando presenta la petición de certiorari de título. El señor Cruz impugna la orden emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce (TPI), el 7 de marzo de 2013, notificada el 11 de marzo del corriente, en la que se le impuso una sanción de $100.00 al Lcdo. Juan A. Morales Hernández, representante legal de la parte aquí peticionaria, bajo la Regla 37.7 de Procedimiento Civil, por no haber presentado el Informe de Conferencia Preliminar entre Abogados (para la Conferencia con Antelación a Juicio), y prohibió la presentación de prueba pericial a dicha parte1, (demandante, aquí peticionaria).

En atención a las razones que exponemos a continuación, expedimos el auto de certiorari, y modificamos la orden recurrida y así confirmamos el dictamen del TPI.

I.

Este caso se refiere a un recurso especial de Injuction presentado por el señor Cruz al amparo de la Ley de Marcas y de Nombres Comerciales del Código de Comercio de Puerto Rico. La parte peticionaria sostiene que es dueño y titular registral de los nombres y de las marcas registradas en el Departamento de Estado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico de los negocios “Los Dos Cuernitos” y “Chichaitos de Sabores los 3 Cuernos” ubicados en el Viejo San Juan.

Por otra parte, el señor Adolfo Valdés (señor Valdés o la parte recurrida) opera un negocio en la Calle Las Delicias en Ponce también llamado “2 Cuernitos”. La parte peticionaria aduce que ello viola sus derechos propietarios sobre marcas y nombres comerciales, mediante copia, imitación y adopción de las mismas, o al menos cuyo parecido es tan similar que crea confusión en la mente del público.

Aduce que la parte recurrida ha imitado y adoptado la bebida “Chichaitos con Sabores” a base de imitar la marca, nombre y la bebida usada, y creada por la parte peticionaria con el fin de aumentar las ventas por el reconocimiento que posee el señor Cruz en el mercado. Como remedio, solicita el cese y desista de manera permanente del uso no autorizado de la referida marca, así como indemnización por los daños (morales y económicos) y perjuicios sufridos.

En la vista de Injuction celebrada el 15 de marzo de 2012, las partes llegaron a un Acuerdo con la anuencia del TPI, en el cual la parte recurrida se allana a la solicitud interdictal de cese y desista. De ahí que el pleito continúa exclusivamente en cuanto a la reclamación de daños y perjuicios. No obstante lo anterior, el señor Valdés presenta contestación a la demanda en la cual niega cada una de las alegaciones, incluyendo la que fue objeto del mencionado Acuerdo. El señor Cruz presenta moción en la cual se opone a la referida contestación. El TPI mediante Resolución reconoce la estipulación judicial y la obligatoriedad de cumplir con la misma.

Seguido el trámite el TPI señala Conferencia con Antelación a Juicio para el 16 de agosto de 2012.

En esa ocasión la parte peticionaria informa que ha estado en conversaciones con un perito, pero que éste al analizar el asunto en controversia manifestó no sentirse capacitado para realizar un informe pericial y recomienda para tal gestión al Contador Público Autorizado y Abogado, Rafael Rosario Cabrera. En dicha vista, el...

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