Sentencia de Tribunal Apelativo de 12 de Julio de 2013, número de resolución KLAN201300745

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201300745
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución12 de Julio de 2013

LEXTA20130712-075 Ugaz Rodríguez v. ELA de PR

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE CAROLINA-HUMACAO

PANEL IX

ERNESTO UGAZ RODRÍGUEZ Apelado
v.
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO Apelante
KLAN201300745
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina Civil Núm. F AC2010-1232 Sobre: Impugnación de Confiscación

Panel integrado por su presidenta, la Juez Coll Martí, la Juez Domínguez Irizarry y el Juez Flores García

Coll Martí, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 12 de julio de 2013.

Acudió en recurso de apelación el Estado Libre Asociado de Puerto Rico (ELA), de una sentencia emitida el 18 de enero de 2012, notificada el 24 de enero de 2013, en la cual el foro sentenciador declaró con lugar una demanda de impugnación de confiscación de un vehículo de motor.

Concedimos un término a la parte apelada para comparecer y, al no haber comparecido dicha parte, procedemos a resolver.

Por las razones que expondremos seguidamente, REVOCAMOS la sentencia apelada.

I.

Por haberse utilizado en la comisión de delitos en violación a los artículos 192 y 201 del Código Penal y el artículo 19 de la Ley Núm. 8 de 5 de agosto de 1987, según enmendada, conocida como la Ley para la Protección de la Propiedad Vehicular, 9 L.P.R.A. § 3218, la Policía de Puerto Rico ocupó un vehículo Mercury, modelo Grand Marquis del año 1997, propiedad del apelado, Ernesto Ugaz Rodríguez.

Posteriormente el apelado presentó una demanda en la que impugnó la confiscación llevada a cabo por el Estado. La ocupación del vehículo ocurrió el 12 de marzo de 2010, y la demanda de impugnación de la confiscación se presentó el 4 de mayo de 2010. Todo ello ocurrió mientras estaba vigente la Ley Uniforme de Confiscaciones de 1988, Ley 93 de 13 de julio de 1988, 34 L.P.R.A. 1720 y ss.

El 19 de mayo de 2010 el ELA contestó la demanda de impugnación, y el 4 de agosto de 2010 el apelado instó una moción en solicitud de sentencia sumaria bajo el fundamento de cosa juzgada, en la modalidad de impedimento colateral por sentencia. Se basa el apelado en que la causa criminal presentada por el ELA en el caso Pueblo de Puerto Rico v. Ernesto Ugaz Rodríguez, había sido archivada. El Ministerio Público solicitó el archivo de los tres cargos imputados al apelado bajo la Regla 247(A) de Procedimiento Criminal. No obstante, el otro imputado, Kelvin Rijos Rodríguez, quien viajaba en el mismo vehículo, se declaró culpable y fue convicto por violación al artículo 19 de la Ley Núm. 8 y el Art. 201 del Código Penal.

El 18 de enero de 2013, enmendada el 29 de enero de 2013, el foro de primera instancia emitió su sentencia, en la que declaró con lugar la demanda de impugnación.

El ELA pidió la reconsideración de esa determinación, la que le fue denegada el 7 de marzo de 2013 y notificada el 14 del mismo mes y año.

En su escrito de apelación ante este foro el ELA señala dos errores, a saber:

Erró el tribunal al concluir que al archivarse los cargos en contra del apelado en la causa criminal que motivó la ocupación del vehículo, procedía declarar con lugar la demanda del caso de epígrafe, a pesar de...

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