Sentencia de Tribunal Apelativo de 20 de Agosto de 2013, número de resolución KLAN201300785

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201300785
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución20 de Agosto de 2013

LEXTA20130820-008 Citimortagage Inc. v. Ramos Zayas

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL VII

CITIMORTGAGE, INC.
Apelado
v.
PEDRO ANTONIO RAMOS ZAYAS; MARIBEL SANTIAGO RIVERA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS
Apelantes
KLAN201300785
APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón Civil Núm.: D CD2012-2863 Sobre: Ejecución de Hipoteca

Panel integrado por su presidenta, la Juez Jiménez Velázquez, la Juez Medina Monteserín y la Juez Lebrón Nieves.

Jiménez Velázquez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 20 de agosto de 2013.

La señora Maribel Santiago Rivera y la Sociedad Legal de Gananciales Ramos-Santiago (Santiago) presentó, el 16 de mayo de 2013, un recurso de Apelación mediante el cual solicitó la revocación de la Sentencia Sumaria dictada 4 de abril de 2013 y notificada el 16 de ese mismo mes y año, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón1. La misma declaró con lugar la demanda sobre ejecución de hipoteca incoada por CitiMortgage Inc. (CitiMortgage) en contra de la señora Santiago, su exesposo el señor Pedro A.

Ramos Zayas (Ramos) y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos. El señor Ramos nunca contestó la demanda, por lo que se dictó en su contra sentencia en rebeldía.

Luego de evaluar la comparecencia de la señora Santiago y la Sociedad Legal de Gananciales Ramos-Santiago y los documentos unidos a ésta, así como los autos originales de la causa de epígrafe, procederemos a entender el recurso ante nos. CitiMortgage, cuyo alegato venció el 13 de junio de 2013, no ha comparecido, por lo que atenderemos el recurso que nos ocupa sin su posición a pesar de la oportunidad concedida por este Tribunal.

I

El 18 de octubre de 2012, CitiMortgage presentó una acción legal sobre ejecución de hipoteca por la vía ordinaria contra la señora Santiago, el señor Ramos y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por estos. CitiMortgage arguyó, en su demanda, que la señora Santiago y el señor Ramos habían incumplido con la obligación de pago por ellos asumida2, cuando suscribieron un pagaré por la suma principal de noventa y seis mil dólares ($96,000). Señaló que para garantizar dicho pagaré habían constituido una hipoteca sobre un bien inmueble localizado en el Municipio de Vega Alta. Alegó que el señor Ramos y la señora Santiago habían incumplido con el pago de las mensualidades del mencionado préstamo, desde el 1 de marzo de 2012 y que era tenedor de buena fe del referido pagaré. Arguyó que habían realizado múltiples gestiones de cobro y las mismas habían sido infructuosas por lo que solicitaba se declarase vencida la totalidad de la deuda, ascendente a cincuenta y ocho mil cuatrocientos sesenta y ocho dólares con diez centavos ($58,468.10) de principal, los intereses pactados al cinco punto seis veinte y cinco por ciento (5.625%) anual, mas los créditos allí pactados.

El 6 de marzo de 2013, la señora Santiago presentó Moción Sometiéndose a la Jurisdicción de este Honorable Tribunal y Contestación a la Demanda. Expuso, en esencia, que se separó de su esposo, el señor Ramos, en el 2010 y se divorció en marzo 2012.3 Añadió que el señor Ramos era quien realizaba los pagos de la hipoteca y que al divorciarse no estuvo enterada sobre el estado de dicha cuenta. Alegó, además que se había acogido al programa de Loss Mitigation y que CitiMortgage “ha sido renuente y evasiva en cooperar para agilizar un acuerdo de pago viable y razonable”. Adujó que tenía derecho a un “crédito por renta de su ex esposo” y que dicha partida debía ser aplicada a la deuda hipotecaria.4

De los autos originales surge que CitiMortgage presentó Moción de Sentencia Sumaria, el 21 de marzo de 2013. La señora Santiago no presentó oposición a la misma, de hecho, el tribunal no le solicitó su posición al respecto.

El 4 de abril de 2013, el Foro de Instancia emitió Sentencia Sumaria contra la señora Santiago donde declaró con lugar la demanda sobre ejecución de hipoteca. A su vez, dictó Sentencia en Rebeldía en contra del señor Ramos ya que éste había sido emplazado personalmente y nunca había contestado la demanda. El Foro de Instancia indicó que había quedado satisfecho de la veracidad de las alegaciones de la demanda por lo cual dictó sentencia sumariamente. Ordenó a la señora Santiago y al señor Ramos a pagar las siguientes sumas:

$58,468.10 en principal, más los intereses al 5.625% anual desde el día 1 de marzo de 2012, así como los intereses acumulados y por acumularse a partir de esa fecha y hasta el total y completo repago de la deuda; cargos por demora equivalentes al 5.000% de todos aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha de vencimiento hasta el total y completo repago de la deuda; $9,600.00, es decir, el 10% sobre el principal del pagaré hipotecario, para el pago de costas y honorarios de abogado como suma pactada a dichos efectos en el pagaré. 5

La Sentencia Sumaria dictada contra la señora Santiago señaló, además, que ante la eventualidad de que no se pagase lo adeudado se ordenaría al señor Alguacil efectuar la venta en pública subasta de la propiedad hipotecada. La sentencia fue notificada...

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