Sentencia de Tribunal Apelativo de 20 de Agosto de 2013, número de resolución KLRA201200807

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201200807
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución20 de Agosto de 2013

LEXTA20130820-024 Montañez Rosado v. Villa Victoria Auto Sales Inc.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE CAGUAS

PANEL X

LEANDRA MONTAÑEZ ROSADO
Recurrida
v.
VILLA VICTORIA AUTO SALES, INC.
Recurrente
DEPARTAMENTO DE ASUNTOS DEL CONSUMIDOR
Agencia Recurrida
KLRA201200807
REVISIÓN JUDICIAL procedente del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo) Querella Núm.: CA-0003206 Sobre: Compraventa de vehículo de motor

Panel integrado por su presidenta, la Juez Coll Martí, la Juez Jiménez Velázquez, la Juez Domínguez Irizarry y la Juez Lebrón Nieves1.

Jiménez Velázquez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 20 de agosto de 2013.

Villa Victoria Auto Sales Inc. (Villa Victoria) comparece ante nos y solicita nuestra intervención a los fines de que dejemos sin efecto el pronunciamiento emitido por el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo), Región de Caguas, el 31 de julio de 2012 y notificado el 20 de agosto de ese mismo año relativo a la impugnación de la compraventa de un vehículo de motor. Mediante la aludida determinación, el referido foro administrativo declaró con lugar la querella presentada por la señora Leandra Montañez Rosado (Montañez). Asimismo, ordenó la resolución del contrato de compraventa y venta al por menor a plazos entre la señora Montañez Rosado y Villa Victoria.

El DACo ordenó que Villa Victoria devolviera el pronto pagado por la querellante, todas las sumas de dinero pagadas al banco, más los intereses pagados por concepto del contrato de ventas al por menor a plazos. Asimismo, ordenó que Villa Victoria pagara a Reliable Financial Services, Inc., la suma necesaria para cancelar el contrato de ventas al por menor a plazos para liberar a la señora Montañez del préstamo financiero con dicha entidad.

También, el DACo ordenó la entrega del vehículo a Villa Victoria por parte de la señora Montañez. El 14 de septiembre, el DACo emitió una Resolución Nunc Pro Tunc a los fines de aclarar que hubo un error en la cantidad que Villa Victoria debía devolver a la señora Montañez. En lo pertinente, tal Resolución cuya copia surge de expediente administrativo ante nuestra consideración, lee como sigue:

Se ordena a Villa Victoria Auto Sales Inc. en el término de veinte (20) días a partir de la notificación de la presente resolución a devolver a la parte querellante la cantidad de cuatro mil dólares ($4,000.00) correspondientes al pronto pago y todas sumas de dinero pagadas al banco más los intereses pagados por concepto del contrato de ventas al por menor a plazos. (Énfasis nuestro).

Con el beneficio de las comparecencias de ambas partes, copia del expediente administrativo debidamente certificado por el DACo y de la transcripción de la prueba oral ante el foro administrativo, confirmamos la Resolución emitida.

Veamos los pormenores del recurso que nos ocupa.

I

Los hechos que dan lugar a la controversia ante nos comenzaron el 13 de febrero de 2012 cuando la señora Montañez presentó ante el DACo una Querella por alegados defectos en el vehículo de motor adquirido de Villa Victoria Auto Sales Inc.

En la Querella se alegó que, el 30 de noviembre de 2011, la señora Montañez adquirió en Villa Victoria un vehículo usado marca Lexus, Modelo LS 430 del año 2001 por el precio de doce mil quinientos dólares ($12,500). Al momento de la compraventa, la señora Montañez entregó cuatro mil dólares ($4,000), cantidad que se le acreditaron al precio de venta. La señora Montañez financió con Reliable Financial Services, Inc. (Reliable) el balance restante de ocho mil quinientos dólares ($8,500) y la póliza de seguro adquirida por la cantidad de dos doscientos treinta y dos dólares ($2,232) para un total a financiar de diez mil ochocientos veinte y cuatro dólares con cincuenta centavos ($10,824.50).2

Asimismo, la señora Montañez arguyó que a las dos semanas de haber adquirido el vehículo se percató que este confrontaba una serie de desperfectos mecánicos. En específico, indicó que el sensor izquierdo del carro no funcionaba lo que ocasionaba que se activara una alarma dentro del vehículo. Además, que el contador del millaje había dejado de funcionar y el auto no prendía. Señaló que después de varios intentos, cuando logró prenderlo, éste comenzó a dar problemas eléctricos y cuando se aceleraba el carro no se movía. También, en su querella ésta añadió que durante todo el tiempo que trató de comunicarse con el señor Miguel Ortiz (Ortiz), vendedor del concesionario Villa Victoria, ya que el carro estaba en garantía, éste no le contestaba las llamadas o, cuando lo hacía, le informaba que no la podía atender. Indicó que llamó al DACo para orientarse en torno al problema que tenía con el vehículo y le informaron que llevara el carro a Villa Victoria y exigiera una carta diciendo la fecha en que lo había dejado.

Añadió que, el 30 de noviembre de 2011, logró llevar el auto al concesionario o dealer ya que pudo encender el mismo.

Arguyó que estuvo en varias ocasiones llamando al concesionario para obtener información sobre su vehículo y estos no querían dársela. Estuvo un mes tratando de conseguir al señor Ortiz. Cuando logró comunicarse, el señor Ortiz le comenzó a gritar y le faltó el respeto. A raíz de ese suceso, expresó que trató de comunicarse con el dueño del dealer. La señora Montañez indicó que después de varios intentos, el señor Javier Vázquez, dueño del concesionario, le informó que su vehículo había estado en diferentes talleres y lo iban a enviar a la Lexus porque aparentemente tenía un problema eléctrico.

En su querella alegó, que llamó al día siguiente para que le dieran el número del dealer Lexus donde estaba su vehículo y éstos se negaron a brindarle la información solicitada. Después de varios intentos la secretaria del concesionario, la señora García, le informó que su vehículo nunca había estado en la Lexus y que este lo estaba arreglando en otro taller para que saliera más barato. Añadió que después que amenazara con llamar a la Policía, el dueño del dealer le había indicado que el carro iba a estar listo el lunes.

La señora Montañez expresó que el 11 de febrero de 2012, fue notificada que el auto estaba listo. Destacó que al llegar al dealer, el carro estaba completamente sucio por fuera y destruido por dentro. En relación a lo anterior le tomó fotografías y relató en la querella lo siguiente:

.

. . La bomba de gasolina ni siquiera la conectaron poniendo en peligro mi vida, los asientos no...

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