Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Agosto de 2013, número de resolución KLRA201300560
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA201300560 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 28 de Agosto de 2013 |
Axel Calderón Marrero | KLRA201300560 | REVISIÓN ADMINISTRATIVA Procedente del Departamento de Corrección y Rehabilitación Sobre: Querella Núm.: 207-13-0053 |
Panel integrado por su presidente, el Juez Morales Rodríguez, el Juez Figueroa Cabán y el Juez Rivera Colón.
En San Juan, Puerto Rico, a 28 de agosto de 2013.
Comparece ante este Tribunal el señor Axel Calderón Marrero (Sr. Calderón Marrero) mediante recurso de revisión administrativa, nos solicita que revisemos una sanción disciplinaria impuesta por el Departamento de Corrección y Rehabilitación (Departamento de Corrección). En la misma, la agencia recurrida le impuso al recurrente una suspensión de beneficios de comisaría y visita por un periodo de 56 días; en lo concerniente, se concluyó lo siguiente:
Allá en y para el 14 de marzo de 2013 en pruebas toxicológicas rápidas ordenadas por autoridad
competente institucional a miembros de la población correccional; parte querellada, luego de haber sido orientada, rehusó a ser sometida a la prueba de detección de sustancias controladas realizada por el Departamento de Corrección y Rehabilitación (Inf.
Código 130).
(Ap., pág. 2).
De los autos sometidos se desprende que el 14 de marzo de 2013 al Sr. Calderón Marrero, quien se encuentra sumariado en la Institución Correccional Zarzal en el Municipio de Río Grande, se le radicó una querella disciplinaria conforme al Código 130 del Reglamento Disciplinario para la Población Penal, Reglamento Núm. 7748 de 23 de septiembre de 2009, según enmendado, (Reglamento Disciplinario). Éste se negó a realizarse unas pruebas toxicológicas rápidas ordenadas por la agencia nominadora. El 23 de abril de 2013, se celebró la vista disciplinaria y el recurrente fue sancionado con la suspensión de los beneficios de comisaría y visita por un periodo de 56 días.
No conteste con lo determinado por el Foro recurrido, el 1 de mayo de 2013 el Sr. Calderón Marrero suscribió una solicitud de reconsideración; la misma fue declarada No Ha Lugar. (Ap., Pág. 3). Siendo ello así, el recurrente compareció ante este Tribunal mediante un recurso de revisión administrativa y solicitó que se desestime la querella núm. 207-13-0053 y sea retirada del expediente [ ] y se ordene al [Departamento de Corrección] que le devuelva su custodia mínima, su ubicación en el edificio 8 y su trabajo. En lo pertinente, éste esbozó lo siguiente:
Que el pasado día 19 de marzo de 2013...
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