Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Agosto de 2013, número de resolución KLRA201300532

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201300532
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución30 de Agosto de 2013

LEXTA20130830-131 Garcia Parra v. Departamento de Corrección y Rehabilitación

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL PONCE

PANEL ESPECIAL

HERIBERTO GARCÍA PARRA
Recurrente
V.
DEPARTAMENTO DE CORRECCIÓN Y REHABILITACIÓN
Recurridos
KLRA201300532
REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente del Departamento de Corrección y Rehabilitación Caso Núm.: PP-243-13 Sobre: REVISIÓN REMEDIO ADMINISTRATIVO

Panel integrado por su presidenta, la Juez Jiménez Velázquez, la Juez Medina Monteserín y la Juez Lebrón Nieves.

Lebrón Nieves, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de agosto de 2013.

El 17 de junio de 2013, el señor Heriberto García Parra (en adelante, recurrente), por derecho propio, presentó Recurso de Revisión Administrativa ante este Tribunal de Apelaciones y nos solicita la revisión de la Respuesta de Reconsideración emitida el 6 de mayo de 2013 y notificada el 7 de junio de 2013 por la Coordinadora Regional de la División de Remedios Administrativos del Departamento de Corrección y Rehabilitación (AC).

Mediante la referida Respuesta de Reconsideración, se confirmó la Respuesta al Miembro de Población Correccional emitida el 9 de abril de 2013 y notificada el 11 de abril de 2013, en la cual se desestimó la Solicitud de Remedio Administrativo presentada por la parte recurrente.

Por los fundamentos que exponemos a continuación, se confirma la Resolución recurrida.

I

El 9 de abril de 2013 la parte recurrente presentó Solicitud de Remedio Administrativo. En dicha solicitud el recurrente expresó su preocupación a los oficiales de los referidos médicos. También expresó duda sobre la estructura de servicios por su inefectividad. Alegó que existe un problema con la coordinación del servicio de transporte de plataforma para personas con impedimentos y solicitó que se cumpla con la Ley Federal “American with Disabilities Act” y la Ley de Salud de las Personas con Impedimentos. Adujo que por la falta de transporte no recibió el referido de optometría en esa semana. Además, adujo que escuchó en la radio de un oficial que la Van tenía un cuarto de gasolina.

El 9 de abril de 2013, notificada el 11 de abril de 2013 la evaluadora de la División de Remedios Administrativos, Maritza Valentín Lugo, emitió la Respuesta al Miembro de la Población Correccional, en la misma desestimó la solicitud del recurrente conforme a la Regla XIII (7) (g) del Reglamento Núm. 8145, aprobado el 23 de enero de 2012, “Reglamento Para Atender las Solicitudes de Remedios Administrativos Radicadas por los Miembros de la Población Correccional”. Dicha Regla dispone lo siguiente:

Regla XIII- Procedimiento Para Emitir Respuestas

7. El Evaluador tiene la facultad para desestimar las siguientes solicitudes:

. . . . . . . .

g. Cuando el miembro de la población correccional emita...

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