Sentencia de Tribunal Apelativo de 13 de Septiembre de 2013, número de resolución KLCE201301127

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201301127
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2013

LEXTA20130913-001 Lyons v. Sucn. De Leon Lyons

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL V

NILSA LYONS, LEON LYONS JR. Recurrida V. SUCN. DE LEON LYONS MARTIN COMPUESTA POR: TAMARA LYON CONCEPCIÓN; CLARA CONCEPCIÓN LAZZARINI (EN CUOTA VIUDAL USUFRUCTUARIA) E IXIA MERCADO CONCEPCIÓN, ARMERICA METROPOLITANA, INC.
Peticionaria
KLCE201301127 Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan CASO NÚM.: K AC2003-5975 (508) SOBRE: FAMILIAE ERCISCINDAE, INVENTARIO, AVALUO, ADJUDICACIÓN Y PARTICIÓN DE HERENCIA

Panel integrado por su presidenta, la Juez García García, y el Juez Hernández Sánchez y la Jueza Grana Martínez.

Grana Martínez, Jueza Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico a 13 de septiembre de 2013.

La Sra. Tamara Lyon Concepción (Lyon Concepción) nos solicitó la revisión de una orden dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, el 1 de agosto de 2013, notificada el 7 del mismo mes y año. Mediante dicho dictamen se ordenó a la peticionaria a comparecer el 23 de septiembre de 2013 a la oficina de la representación legal de la parte recurrida para la toma de una deposición en ejecución de sentencia.

Posteriormente, la peticionaria solicitó la reconsideración de dicho dictamen, empero, ésta fue declarada no ha lugar

mediante orden dictada el 29 de agosto de 2013, notificada al día siguiente.

Acompañado de su recurso, la señora Lyon Concepción también presentó una moción en auxilio de jurisdicción. Por los fundamentos a continuación se desestima el recurso por haberse tornado académico.

I.

El 1 de agosto de 2013, el foro de instancia ordenó a la señora Lyon Concepción a comparecer a una deposición en ejecución de sentencia citada por la parte recurrida.

En desacuerdo, la peticionaria presentó un escrito titulado “Moción Solicitando reconsideración y/ enmienda de orden”. En ésta indicó que está domiciliada en el Estado de Tennessee desde hace varios años, desempleada y que padece de vértigo. De igual forma, solicitó que se le permitiera tomar su deposición en ejecución de sentencia mediante un medio electrónico según dispone la Regla 27.4 de las de Procedimiento Civil, 32 L.P.R.A. Ap. V, R. 27.5.

De otro lado, la parte recurrida se opuso a la moción de reconsideración presentada por señora Lyon Concepción y solicitó que ésta debía someter su expediente médico, así como copia de su pasaporte e historial...

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