Sentencia de Tribunal Apelativo de 17 de Septiembre de 2013, número de resolución KLCE201300911
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201300911 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 17 de Septiembre de 2013 |
| | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Utuado Caso Núm.: L CD2011-0086 Sobre: Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Varona Méndez, la Juez Gómez Córdova y la Juez Vicenty Nazario.
Gómez Córdova, Juez Ponente
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 17 de septiembre de 2013.
Compareció ante nosotros Fannie Mae (parte peticionaria) mediante un recurso de certiorari en el cual cuestionó una resolución dictada el 11 de abril de 2013 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Utuado (Instancia, foro recurrido o foro primario). En dicha resolución, el foro primario denegó una solicitud de nulidad de subasta presentada por la parte peticionaria. Por los fundamentos que expondremos a continuación, denegamos la expedición del auto.
El caso del epígrafe tiene origen en una demanda presentada el 2 de diciembre de 2011 por Fannie Mae contra los esposos José Antonio Pagán Izquierdo e Iris Mirtha Martínez González (demandados) en cobro de dinero y ejecución de hipoteca por la vía ordinaria. En dicha demanda, Fannie Mae expuso que los demandados suscribieron un pagaré hipotecario a favor del Doral Bank por la suma principal de $108,000.00, a razón de un interés anual de 6½%, más honorarios pactados en un diez por ciento (10%) de la suma del pagaré. Según indicó, en garantía de dicho pagaré se constituyó una primera hipoteca sobre un inmueble propiedad de los demandados, ubicado en Utuado, y como tenedora de tal pagaré, Fannie Mae declaró la deuda vencida por haberse incumplido con los pagos mensuales pactados. Ante ello, reclamó el pago de la suma principal adeudada de $73,060.11, a razón de un interés mensual de 6½%, más gastos por mora, costas, honorarios de abogado y otros gastos.
Tras haberse emplazado a los demandados sin que éstos presentaran alegación responsiva, Instancia les anotó la rebeldía y declaró con lugar la demanda presentada mediante una sentencia dictada el 28 de febrero de 2012 y notificada el 1 de marzo de 2012. De conformidad con ello, el 25 de mayo de 2012 el foro primario emitió una orden de ejecución de sentencia y el correspondiente mandamiento de ejecución.
La primera subasta del inmueble fue pautada para el 11 de septiembre de 2012, la cual fue declarada desierta, por lo que se calendarizó una segunda subasta para el 18 de septiembre de 2012, la cual también fue declarada desierta por no haber comparecido postor alguno. En consecuencia, se pautó una tercera subasta, la cual fue celebrada el 25 de septiembre de 2012. A esta tercera subasta compareció el Sr. Alfredo García Ríos, representante de Fannie Mae, y el Sr.
Lorenzo Quintana Rivera como licitador (recurrido). Así las cosas, la buena pro fue adjudicada al señor Quintana Rivera por la cantidad de $88,252.00.1
El 16 de octubre de 2012 la parte demandante, en esa ocasión identificada como Doral Bank, presentó una solicitud de nulidad de subasta. Sostuvo que, luego de la celebración de la subasta, los demandados le informaron que habían obtenido una ayuda de la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda para reinstalar el préstamo. A estos efectos, la parte demandante se...
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