Sentencia de Tribunal Apelativo de 17 de Septiembre de 2013, número de resolución KLRX201300042

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRX201300042
Tipo de recursoRecursos extraordinarios
Fecha de Resolución17 de Septiembre de 2013

LEXTA20130917-009 Cancel Montes v. Departamento de Corrección y Rehabilitación

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN Y GUAYAMA

ALEJANDRO CANCEL MONTES Peticionario Vs. DEPARTAMENTO DE CORRECCIÓN Y REHABILITACIÓN Recurrido KLRX201300042 Mandamus

Panel integrado por su presidenta, la Juez García García, el Juez Hernández Sánchez y la Juez Grana Martínez

García García, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 17 de septiembre de 2013.

El 20 de junio de 2013, el señor Alejandro Cancel Montes (en adelante el peticionario) presentó un recurso titulado Mandamus, en el que solicitó que le ordenemos al Departamento de Corrección y Rehabilitación (en adelante el recurrido) que le entregue copia del expediente de la Querella Disciplinaria Número 414-12-026, que fue presentada en su contra.

El peticionario alegó que se encuentra confinado ilegalmente debido a que el recurrido le revocó el privilegio de pase extendido, a base de una información falsa provista porlas señoras Blanca Díaz Beltrán y Beatriz Ruíz Soto, empleadas de la Oficina Socio Penal. Arguyó que el recurrido le ha privado de su derecho a presentar una denuncia contra estas funcionarias porque se niegan a entregarle copia del expediente de la querella. El peticionario nos solicitó que expidamos una orden de mandamus a esa agencia, para que le entregue copia del expediente de la querella disciplinaria, incluyendo copia del audio “casette” de la vista final.

El 29 de agosto de 2013 el recurrido expresó su oposición a la expedición del recurso de mandamus. Alegó que el Reglamento para Atender las Solicitudes de Remedios Administrativos Radicadas por los Miembros de la Población Correccional, Reglamento Número 8145 del 21 de febrero de 2012 provee un remedio administrativo adecuado en ley para dilucidar el reclamo del peticionario.

Arguyó que el confinado también agotó el procedimiento provisto en el Reglamento Disciplinario para la Población Correccional, Reglamento Número 7748 del 22 de octubre de 2009, en el que tuvo la oportunidad de alegar que la querella estaba basada en información falsa y no lo hizo. La agencia sostuvo que el peticionario utiliza incorrectamente el recurso de mandamus para hacer alegaciones que debió plantear en el procedimiento disciplinario.

I

Los hechos que anteceden y motivaron la presentación de este recurso son los siguientes.

El señor Cancel se encuentra confinado cumpliendo una sentencia de quince años y noventa días de prisión por los delitos de escalamiento agravado, apropiación ilegal agravada, recibo y transportación de bienes apropiados ilegalmente, daños y desacato. Su sentencia se extingue el 21 de octubre de 2013.

El 2 de noviembre de 2012 se presentó una querella disciplinaria contra el peticionario debido a que había violentado las condiciones del privilegio de pase extendido. Según surge de la querella, el confinado no asistió a una cita para que se realizara una prueba toxicológica y aunque alegó que estaba en el hospital no presentó la evidencia requerida. El padre del confinado informó que no estaba cumpliendo con las normas del programa, que había recaído en el uso de drogas y que había empeñado el auto de su madre.

La señora Waleska Cancel, hermana de confinado, expresó su preocupación por que este había reincidido en el uso de drogas. La señora Carmen Montes, madre del confinado, renunció a su custodia debido a que este había regresado al uso de drogas.

El 9 de noviembre de 2012 el confinado solicitó la posposición de la vista sumaria inicial, porque quería asistir representado de abogado. El Oficial Examinador suspendió la vista inicial y lo orientó para que su abogado se comunicara con la División Legal para que la vista fuera recalendarizada.

La vista final quedó pautada para el 29 de noviembre de 2012 y el peticionario fue debidamente citado.

Este compareció a la vista final sin abogado y volvió a solicitar la suspensión. No obstante, esta vez la Oficial Examinadora no accedió a la suspensión y realizó la vista inicial consolidada con la vista final.

Durante la vista, estuvieron presentes la técnico socio penal Beatriz Soto, el confinado Alejandro Cancel Montes y la Oficial Examinadora.

Luego de escuchada la prueba, la Oficial Examinadora determinó como hechos probados...

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