Sentencia de Tribunal Apelativo de 23 de Septiembre de 2013, número de resolución KLRA201300767

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201300767
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2013

LEXTA20130923-018 Rivera Crespo v. Adm. de Corrección

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL I

LUIS RIVERA CRESPO Recurrente v ADMINISTRACIÓN DE CORRECCIÓN Recurrida KLRA201300767 Revisión Administrativa Procedente de la Administración de Remedios Administrativos Caso Núm. B-703-13

Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, la Jueza Colom García y el Juez Steidel Figueroa

Vizcarrondo Irizarry, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 23 de septiembre 2013.

Comparece, por derecho propio, Luis Alberto Rivera Crespo y nos solicita la revisión de una resolución emitida por la División de Remedios Administrativos del Departamento de Corrección y Rehabilitación (Departamento de Corrección). Mediante la referida determinación, la agencia dejó sin efecto la respuesta emitida al señor Rivera Crespo y dispuso del archivo de la solicitud de remedio por entender que la misma era contraria a la reglamentación aplicable.

Por los fundamentos que exponemos a continuación y en ejercicio de nuestra facultad para disponer del recurso presentado prescindiendo de escritos y notificaciones, CONFIRMAMOS la resolución recurrida. Véase: Reglamento de Apelaciones, Regla 7 (B)(5), 4 L.P.R.A. Ap. XXII-B. Exponemos.

I.

El señor Rivera Crespo presentó una solicitud de remedio administrativo ante la División de Remedios Administrativos del Departamento de Corrección en la cual explica que la queja era para informar que se suponía que los presos en las celdas no tuvieran sábanas privando la visibilidad dentro de la celda, que en este caso los presos estaban poniendo sábanas en las celdas y que tal problema de seguridad les afecta a todos. La Evaluadora de la División de Remedios que atendió la solicitud, señaló que el recurrente “quiere informarle al Superintendente Roberto Del Valle que se supone que dentro de las celdas los presos no tengan s[á]banas tapando la visibilidad para dentro de la celda. Eso viola la demanda Morales Feliciano y afecta la seguridad institucional. El guardia no puede ver lo que pasa en las celdas, los que ponen sábanas es para llamar por teléfono y meter droga. Solicita el remedio [de] una reunión con el superintendente y con los guardias sargentos y tenientes para que hagan algo con las s[á]banas un problema de seguridad.”1

El Departamento de Corrección emitió una respuesta en la cual el Superintendente de la institución contestó: “Ya se dio conocimiento al Comandante Teniente García y al Sargento Cab[á]n para que supervisen.”2 El señor Rivera Crespo presentó una solicitud de reconsideración de tal determinación por estar en desacuerdo con la misma. Alegó que no ha visto ningún...

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