Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Septiembre de 2013, número de resolución KLCE201300461

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201300461
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2013

LEXTA20130927-046 Centro Medico del Turabo v. Unión General de Trabajadores

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE FAJARDO

PANEL XI

CENTRO MÉDICO DEL TURABO, INC. H/N/C HOSPITAL INTERAMERICANO DE MEDICINA AVANZADA; HOSPITAL HIMA SAN PABLO FAJARDO Peticionario v. UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES Recurrida
KLCE201300461
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Fajardo Crim. Núm. NSCI2012-0621

Panel integrado por su presidente, el Juez Cabán García, la Jueza Cintrón Cintrón y la Juez Nieves Figueroa.

Nieves Figueroa, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 27 de septiembre de 2013.

Comparece ante nosotros el Centro Médico del Turabo, operador del Hospital HIMA San Pablo de Fajardo (en adelante “el hospital” o “el patrono”), mediante recurso de certiorari presentado el 16 de abril de 2013. Nos solicita la revocación de una Resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo (en adelante “TPI”), en la cual se denegó la revisión de un laudo.

Examinados los escritos presentados, así como el derecho aplicable, acordamos denegar la expedición del auto de certiorari.

I.

Surge del expediente ante nuestra consideración que el 1 de junio de 2011, la Unión General de Trabajadores y el hospital firmaron un Convenio Colectivo que reglamentaría las condiciones de trabajo de los enfermeros graduados que laboran en el hospital. El referido Convenio contiene un Artículo dedicado a establecer el procedimiento para el trámite de Quejas de Agravios y otro, identificado con el número 13, que reglamenta el procedimiento de arbitraje. Según la sección 3 del Artículo 13: “[l]a decisión escrita del árbitro sobre los méritos de cualquier querella adjudicada dentro de la jurisdicción y autoridad aquí concedida, será final e inapelable únicamente si dicha decisión es de acuerdo al derecho y la jurisprudencia aplicable.”

Estando las partes así vinculadas, el 7 de julio de 2011 la señora María Jaime Guzmán cumplimentó a manuscrito un Reporte de Queja de Agravios contra el enfermero Joaquín de Jesús, el cual transcribimos a continuación:

Se encontraba en mi cubículo el Enfermero [ilegible] para administrarme los medicamentos (antibiótico e insulina). Le comento que se me hacía raro el que se me administrara insulina después de comida y no antes, el enfermero responde algo como si fuera por el rush del turno. Continúo el diálogo creyendo que entiende lo que quiero decir y argumento que sabía de otros lugares que preferían hacerlo de otra forma.

Fue entonces cuando él me responde de forma impropia y disgustado. Traté de suspender el diálogo porque en ese momento entendí que el enfermero no entendió, se disgustó y su actitud hacia mí se tornó combativa. No clarificó mi duda, más aún, cuando va administrar la insulina, lo hizo de forma impropia causándome dolor […].

Consta en el expediente una especie de minuta de una reunión que se celebró con el enfermero de Jesús, en la que se dio lectura a la queja de la paciente. Según la “minuta”, de Jesús negó las alegaciones de la paciente, indicó sentirse acusado y que le habían “hablado malo y hasta le han dicho negro sucio y él no va a permitir que ningún paciente le falte el respeto.” En vista de la situación, el hospital optó por imponerle una sanción disciplinaria consistente en una suspensión de cinco (5) días de trabajo.

Inconforme, el enfermero de Jesús presentó una Querella conforme al procedimiento dispuesto en el Convenio Colectivo al que hemos hecho referencia. El caso se asignó a la árbitro Liza Ocasio. Escuchada la prueba, la señora Ocasio emitió un laudo en el que resumió la prueba que escuchó. Por un lado, el testimonio de las señoras Vilma Rodríguez, Zaira Ortiz y Marcia Negrón, quienes apoyaron la versión de los hechos ofrecida por la paciente. Por el otro lado, el testimonio del enfermero de Jesús, planteando que fue la paciente quien se molestó cuando él fue a administrarle la insulina y le dijo que hablaría con la supervisora. De Jesús agregó que, administrada la insulina, la paciente sangró levemente, momento en el que procedió a ofrecerle una gaza que la...

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