Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Septiembre de 2013, número de resolución KLAN201300656

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201300656
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2013

LEXTA20130930-029 AR Metal v. India Machinery

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN Y GUAYAMA

PANEL V

A. R. METAL, INC.
Demandante-Apelado
V
WEST INDIA MACHINERY & SUPPLY COMPANY
Demandado-Apelante
KLAN201300656
APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan SOBRE: COBRO DE DINERO REGLA 60 Caso Núm. K CM2012-3349 (602)

Panel integrado por su presidenta, la Juez García García, el Juez Hernández Sánchez y la Juez Grana Martínez.

Hernández Sánchez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 30 de septiembre de 2013.

West India Machinery & Supply Company (apelante) recurre de una Sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan (TPI), el 21 de marzo de 2013, notificada el 26 del mismo mes y año. Mediante esta, el TPI: (1) declaró Ha Lugar la reclamación de cobro de dinero presentada por A.R. Metal, Inc. (apelado) contra la apelante; y (2) ordenó a la apelante a pagar $8,200.00 a favor del apelado, con la imposición de costas, gastos e intereses al 4.25% hasta el saldo total de la deuda.

Con el beneficio de los alegatos de ambas partes, estamos en condición de resolver las controversias presentadas ante nuestra consideración.

I.

Los hechos que anteceden y motivaron la presentación de este recurso se exponen a continuación.1

El 18 de diciembre de 2012 el apelado presentó una demanda en cobro de dinero contra la apelante. El apelante reclamó el pago de $11,700.00 por la entrega de un tanque de metal con capacidad de 4,000 galones, destinado para el almacenamiento de combustible diésel.

La apelante contestó la demanda y arguyó que la cantidad reclamada debía ser ajustada a $7,500.00, cantidad correspondiente a los atrasos cargados y cobrados al contratista de la obra.

El 23 de enero de 2013 durante la vista al amparo de la Regla 60 de Procedimiento Civil, 31LPRA Ap. V R. 60, la apelante alegó que tiene derecho a una compensación de $7,000.00 por las penalidades que impuso el dueño de la obra para la que estaba destinado el tanque encargado, debido a que el apelado lo entregó tarde. La apelante también solicitó la conversión del caso en uno ordinario.

El 6 de febrero de 2013 se celebró el juicio en su fondo. El 21 de marzo de 2013, tras ser sometido el caso y aquilatada la prueba testifical y documental presentada por las partes, el TPI dictó la sentencia apelada. En la misma hizo las siguientes determinaciones de hechos:

1) El señor Alberto Rodríguez Lladó es presidente de la demandante A.R. Metal, Inc.

2) A.R. Metal fue contratada por la demanda West India Machinery & Supply Company para la construcción de un tanque de metal con capacidad de 4,000 galones para el almacenamiento de combustible diésel.

3) El tanque estaba destinado a utilizarse en una obra de construcción de la compañía San Lorenzo Construction Corporation, en el Municipio de Humacao.

4) Las partes acordaron que el costo del tanque de metal sería $23,400.00.

5) Al efectuar la orden de compra, la parte demandada debía prestar como depósito la suma de $10,000.

6) Las partes pactaron, además, que al recoger el tanque, West India pagaría a A.R. Metal la suma de $1,700.00.

7) Finalmente, en o antes de los treinta días de la fecha de entrega del tanque, West India debía pagar a A.R.

Metal la cantidad de $11,700.00.

8) El tiempo estimado para la construcción del tanque varía. Para un tanque pequeño el tiempo de construcción es de 3 a cuatro semanas; para uno grande es de seis a ocho semanas.

9) El tanque encargado por West India estaba clasificado como pequeño, por lo que el tiempo de construcción estimado era de tres a cuatro semanas.

10) El 13 de agosto de 2011, A.R. Metal efectuó una cotización para la construcción del tanque en la que estableció el precio de $23,400.00; e indicó que la entrega del mismo se efectuaría dentro de cinco a seis semanas, a partir de la entrega de la orden de compra. Ver Exhibit 2 de la Parte Demandada.

11) El 13 de septiembre de 2011, Rodríguez Lladó recibió la cantidad $10,000.00 como depósito para que se iniciara la construcción del tanque para el almacenamiento de combustible. Ver Exhibit 1 de la Parte Demandante.

12) El 6 de septiembre de 2011, la parte demandante recibió la orden de compra para la construcción del tanque. Ver Exhibit 2 de la Parte Demandante.

13) El 17 de octubre de 2011, llegaron los materiales a A.R. Metal para iniciar la construcción del tanque de metal ordenado por la demandada.

14) De acuerdo con Rodríguez Lladó, la construcción del tanque comenzó cuando llegaron los materiales.

15) El 17 de octubre de 2011, la compañía San Lorenzo Construction Corporation envió un correo electrónico a la demandada West India en la que requirió la entrega del tanque de diésel.

16) En el correo electrónico, San Lorenzo Construction hizo referencia a una comunicación telefónica en la que indicó a West India que, a partir del 14 de octubre de 2011, se estaría aplicando un cargo de $500.00 por cada día de atraso en la entrega del tanque, como penalidad por incumplimiento de contrato.

Ver Exhibit 3 de la Parte Demandada.

17) El 19 de octubre de 2011, Rodríguez Lladó envió una carta al señor Severino Martínez, de la compañía West India, en la que indicó que el tanque ordenado ya estaba en fabricación y que el mismo estaría listo en un periodo de cuatro semanas adicionales a partir de la fecha de la carta. Ver Exhibit 5 de la Parte Demandante.

18) El señor Roberto Alicea Pons trabaja para la compañía West India desde 1998.

19) Alicea Pons...

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