Sentencia de Tribunal Apelativo de 17 de Octubre de 2013, número de resolución KLRA201300757

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201300757
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución17 de Octubre de 2013

LEXTA20131017-013 Gonzalez Gonzalez v. Adm. de Compensaciones

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN Y GUAYAMA

PANEL V

CRUZ GONZÁLEZ GONZÁLEZ
Recurrente
V
ADMINISTRACIÓN DE COMPENSACIONES POR ACCIDENTES DE AUTOMÓVILES
Recurrido
KLRA201300757
REVISIÓN procedente de la Administración de Compensaciones por Accidentes de Autmóviles SOBRE: Servicio Médico-Hospitalario (Secc. 5.5 – Extensión de Beneficios) Caso Núm. 10-234157-01

Panel integrado por su presidenta, la Juez García García, el Juez Hernández Sánchez y la Juez Grana Martínez.

Hernández Sánchez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 17 de octubre de 2013.

La Sra. Cruz González González (recurrente) solicita la revisión de una Resolución en reconsideración emitida por la Junta de Gobierno de la Administración de Compensaciones por Accidentes de Automóviles (ACAA) el 24 de julio de 2013. Mediante la misma, la ACAA confirmó su decisión del 17 de diciembre de 2012, en la que desestimó la apelación por falta de jurisdicción, ya que la misma fue presentada luego del término jurisdiccional de treinta (30) días siguientes a la fecha que aparece en la notificación de la Resolución emitida por el Director Ejecutivo.

Por los fundamentos expuestos a continuación, se confirma la resolución recurrida.

I.

Los hechos que anteceden y que motivaron la presentación del recurso, se exponen a continuación.

En el 2005, la recurrente sufrió varias lesiones corporales como consecuencia de un accidente automovilístico. Desde entonces, la ACAA le suministró a la recurrente los servicios-médico-hospitalarios que fueron recomendados por los médicos que la evaluaron.

El 6 de agosto de 2010 la recurrente sometió a la ACAA una evaluación médica donde se indicó que, como resultado del accidente, esta había desarrollado necrosis avascular en la cadera derecha. A tales efectos, la recurrente solicitó que se le extendiera la cubierta para operarse la cadera.

Este asunto se consultó con el Comité Médico de la ACCA, quienes recomendaron denegar la extensión por considerar que se trata de un caso de sostén y mantenimiento. Como resultado, el 17 de agosto de 2010, el Director Interino de la Oficina Regional de Carolina emitió y notificó una Resolución denegando la extensión de los servicios médicos solicitados.1

El 20 de septiembre de 2010 la recurrente solicitó la reconsideración. El 28 de octubre de 2010 se celebró una vista preliminar. Tras escuchar la prueba presentada y analizar el expediente, la ACAA confirmó su determinación inicial de denegar la extensión.2

Aún inconforme, la recurrente solicitó Audiencia Pública ante el Director Ejecutivo, la cual se celebró el 3 de febrero de 2011. Posteriormente, el oficial examinador presentó una consulta al Comité Médico de la ACAA, el cual reafirmó que no debía autorizarse la extensión de cubierta solicitada. Conforme a esto, el 29 de marzo de 2011, notificada el 30 del mismo mes y año, el Director Ejecutivo emitió una Resolución denegando la extensión de cubierta.3

A raíz de esto, la recurrente presentó una apelación ante la Junta de Gobierno.

A pesar de que dicho escrito tiene fecha del 29 de abril de 2011, está ponchado como recibido el 1 de julio de 2011 a la 1:56 p.m.4 El 17 de diciembre de 2012, notificada el 20 del mismo mes y año, la Junta de Gobierno desestimó la apelación por falta de jurisdicción, ya que la apelación fue presentada luego de los treinta (30) días siguientes a la fecha que aparece en la notificación del Director Ejecutivo.5

El 8 de diciembre de 2012 la recurrente solicitó la reconsideración final ante la Junta de Gobierno. El 24 de julio de 2013 la Junta de Gobierno denegó la solicitud por falta de jurisdicción. Inconforme, el 23 de agosto de 2013, la recurrente acudió ante nosotros mediante recurso de revisión. A pesar de que dicho escrito no contiene un señalamiento de error definido, solicita que revisemos la determinación de la Junta de Gobierno que denegó el recurso de apelación por falta de jurisdicción...

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