Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Octubre de 2013, número de resolución KLCE201301051

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201301051
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2013

LEXTA20131031-020 Pueblo de PR v. Sanchez Burgos

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE AGUADILLA

PANEL ESPECIAL

EL PUEBLO DE PUERTO RICO
RECURRIDO
v.
ANTONIO G. SANCHEZ BURGOS
PETICIONARIO
KLCE201301051
Certiorari Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aguadilla Crim. Núm. AVI1998G00029 Y OTROS Sobre: (ASESINATO EN PRIMER GRADO) Y OTROS

Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, la Jueza Colom García y el Juez Steidel Figueroa

Colom García, Jueza Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de octubre de 2013.

Comparece ante nos Antonio G. Sánchez Burgos, [en adelante, peticionario] y nos solicita la expedición del presente recurso de certiorari para revocar sendas resoluciones emitidas por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aguadilla,[en adelante T.P.I.], en las que denegó sumariamente la Moción Urgente de Nuevo Juicio por él presentada.

Por los fundamentos que exponemos a continuación, se deniega la solicitud.

ANTECEDENTES

El 4 de febrero de 1998, el peticionario fue arrestado. Posteriormente fue coacusado del delito de asesinato en primer grado, cometido contra José

Hernández Jiménez, también conocido como Chelo. También se presentaron en su contra, dos cargos por tentativa de asesinato, contra dos individuos que acompañaban al occiso en los momentos en que fue asesinado; y varias infracciones a la Ley de Armas. (25 L.P.R.A. §411 et seq.)

El día 7 de diciembre de 1998, el peticionario hizo alegación de culpabilidad ante el T.P.I.. Tras negociaciones con el Ministerio Público, la sentencia como consecuencia de esta alegación preacordada quedó en los siguientes términos: asesinato en segundo grado con una pena de dieciocho años, tentativa de asesinato con una pena de seis años en prisión a ser cumplidos de forma concurrente, dos infracciones al Art.8 de la Ley de Armas de Puerto Rico, con una pena de tres años concurrentes entre sí y con los delitos anteriores y dos infracciones al Art.6 de la misma Ley, con una pena de dos años de prisión a cumplirse de forma concurrente entre sí y con las penas por los delitos anteriores. El Ministerio Público eliminó la alegación de reincidencia.

Actualmente, el peticionario se encuentra en el Centro de Detención del Oeste en Mayagüez, cumpliendo su sentencia.

El 13 de mayo de 2013, el peticionario presentó ante el T.P.I., una Moción Urgente de Nuevo Juicio. Se basó esta moción en el descubrimiento del Reporte de Investigación y la declaración jurada de Ángel Manuel Díaz Ortiz, [en adelante, Díaz Ortiz o el declarante], ante un Panel del Gran Jurado Federal en una investigación que se realizaba contra Samuel Acevedo Muñiz, t/c/c Sammy Segueta, líder de una organización criminal dedicada al narcotráfico, que operaba en Aguadilla y para la cual, tanto el peticionario como Díaz Ortiz trabajaban. Díaz Ortiz había sido testigo del Ministerio Público, en el caso en contra del peticionario.

En esta moción de nuevo juicio, alegó el peticionario, en síntesis, que el principal agente investigador de su caso, el agente de la División de Homicidios de Aguadilla, Pedro Colón Ríos, estuvo presente el día 20 de marzo de 1998 y escuchó cuando Díaz Ortiz prestó una declaración bajo juramento en la que implicó directamente a otras personas en el asesinato de Hernández Jiménez y no al peticionario. Acompañó a esta moción proyectos de citación a los agentes federales que entrevistaron al declarante.

El reporte de investigación al que hace referencia el peticionario y que detalla la información obtenida en la entrevista del 20 de marzo de 1998, dice en lo pertinente lo siguiente:

“At about 11 p.m. to 12 a.m.

ACEVEDO-MORALES, Alex. R. Vega-Torres, Danny Gatillo, a.k.a. Danny El Loco (later identified as Daniel Cruz Carrasquillo), Ramón Díaz Ortiz, a.k.a. Mon, Hermes Salcedo Peña, a.k.a. Cito, and Eduardo David Rivera Moreno, a.k.a. David Corillo arrived and spread out to different corners of the Club to watch Hernández-Jiménez.

As Hernández Jiménez left the Club in a Cutlass Supreme with Valentín Nieves and López Lorenzo, Acevedo Muñiz and his associates gathered to take action. Vega Torres, Salcedo Peña y Díaz Ortiz followed Hernández Jiménez in a Mazda 323. The CW [cooperative...

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