Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Octubre de 2013, número de resolución KLCE201301285

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201301285
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2013

LEXTA20131031-100 BT Recovery Corp. v. Rexach Cartagena

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE PONCE-AIBONITO

PANEL VIII

BT RECOVERY CORP. (ANTES BANK & TRUST OF PUERTO RICO BT-SPV. INC.)
Demandante -Recurridos
v.
JOSEPH REXACH CARTAGENA ET. AL.
Demandados-Tercero Demandante
v.
BRUCE E. COLEMAN VAZQUEZ
Tercero Demandado y
Tercer Demandante
COOPERATIVA DE SEGUROS MÚLTIPLES DE P.R.; FÉLIX A. REYES VÉLEZ; ELAD RODRÍGUEZ; SUCESIÓN PEDRO J. FLORES ARZUAGA; DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R.; POLICÍA DE P.R.; AMERICAN AIRLINES FEDERAL CREDIT UNIÓN
Terceros Demandados
JACK ODELL
Tercero Demandado-Peticionario
KLCE201301285
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce Caso Núm.: J CD2011-1112 (603) Sobre: Cobro de Dinero e Incumplimiento de Contrato

Panel integrado por su presidente el Juez Piñero González, el Juez Hernández Serrano y la Jueza Birriel Cardona.

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de octubre de 2013.

Comparece el 18 de octubre de 2013 el señor Jack Odell (señor Odell o el peticionario) cuando presenta la solicitud de certiorari de título acompañada de una Moción Solicitando Paralización de los Procedimientos…. El señor Odell impugna una resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce (TPI) el 1ro de agosto de 2013, notificada el 20 de agosto del corriente.

Por los fundamentos que exponemos a continuación, desestimamos el recurso por falta de jurisdicción por radicación tardía.

I.

El 18 de octubre de 2013 el señor Odell presenta el recurso que nos ocupa en donde –como ya hemos dicho- cuestiona la resolución interlocutoria emitida por el TPI el 1ro de agosto de 2013, notificada el 20 de agosto del corriente. En virtud de dicha Resolución el foro de instancia declaró No Ha Lugar una moción presentada por el aquí peticionario “en la que se solicitaba que se declarara que el tercero demandado Jack Odell está mentalmente incapacitado para ofrecer testimonio a su favor y para responder civilmente por los actos que se le imputan”. Pág. 2 del recurso.

Al presentar el recurso de epígrafe el señor Odell pretendió acreditar nuestra jurisdicción con el argumento de quecomo el DTOP (Departamento de Transportación y Obras Públicas) es una parte demandada en el caso de autos, el término para presentar la petición de certiorari es de sesenta (60) días y vence el...

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