Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Noviembre de 2013, número de resolución KLRA201300974
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA201300974 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 27 de Noviembre de 2013 |
CARLOS DUARTE ANTONETTI Recurrente | | REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente del Departamento de Corrección y Rehabilitación Caso Núm.: 303-13-0103 |
Panel integrado por su presidenta, la Juez Coll Martí, la Juez Domínguez Irizarry y el Juez Flores García
Coll Martí, Jueza Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 27 de noviembre de 2013.
Ha comparecido el Sr. Carlos Duarte Antonetti, miembro de la población correccional de la Institución Regional del Sur en Ponce. Se presenta ante este foro por derecho propio y nos solicita la revisión de una Resolución Disciplinaria emitida por el Departamento de Corrección y Rehabilitación (Departamento de Corrección).
Mediante la aludida Resolución, el Departamento de Corrección determinó que el Sr. Duarte Antonetti había incurrido en una conducta prohibida al estar en un área no autorizada. En consecuencia, se le impuso una sanción de la pérdida del privilegio de visitas por un término de cuatro (4) semanas. Es importante señalar que el recurrente no incluyó en su escrito copia de la querella número 303-13-0103, copia de la Resolución recurrida, copia de la solicitud de reconsideración, ni de la Respuesta de la agencia.
El Sr. Duarte Antonetti alega que los hechos del caso de epígrafe ocurrieron el 24 de julio de 2013, cuando el oficial Rodríguez (placa número 12664) procedió a hacerle una querella administrativa por incurrir en una conducta prohibida. Dicha conducta consistió en salir de su celda (303) utilizando la fuerza y dirigirse a la celda 302 sin la debida autorización.
Así las cosas, la vista administrativa se celebró el pasado 29 de agosto de 2013. El Oficial Examinador de Vistas Disciplinarias concluyó que el Sr. Duarte Antonetti había efectivamente incurrido en una violación al Código 207 del Reglamento Disciplinario para la Población Correccional, Núm.7748 del 23 de septiembre de 2009, esto es, que se encontraba ubicado en un área no autorizada. El recurrente aduce que solicitó la reconsideración de dicha determinación y que el foro administrativo la resolvió en su contra.
Inconforme, el recurrente presentó el recurso ante nuestra consideración. Alega el recurrente que no es posible que estuviera fuera del área sin...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba