Sentencia de Tribunal Apelativo de 13 de Diciembre de 2013, número de resolución KLRA201300940

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201300940
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2013

LEXTA20131213-040 Rodríguez Iglesias v. Adm. de Corrección

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL IV

ALEXIS RODRÍGUEZ IGLESIAS Peticionario v. ADMINISTRACIÓN DE CORRECCIÓN Recurrido KLRA201300940 Revisión procedente del Departamento del Departamento de Corrección y rehabilitación Remedio Administrativo: PP-271-13 Sobre: Oficial Correccional

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Fraticelli Torres, la Juez Ortiz Flores y el Juez Ramos Torres

Fraticelli Torres, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 13 de diciembre de 2013.

El señor Alexis Rodríguez Iglesias nos solicita que revisemos y revoquemos la resolución dictada por la División de Remedios Administrativos del Departamento de Corrección y Rehabilitación el 26 de junio de 2013, que desestimó su solicitud de remedio administrativo sobre la actitud hostil que exhibió una de las oficiales de custodia contra su persona.

Luego de evaluar los méritos del recurso y sin necesidad de trámite adicional, resolvemos confirmar la resolución recurrida.

Examinemos los antecedentes fácticos que sostienen nuestra decisión.

I

El 17 de abril de 2013 el recurrente presentó la solicitud de remedio administrativo núm. PP-271-13 en la que adujo que la Oficial Correccional de apellido Santos exhibió un comportamiento intimidante contra su persona. Los hechos alegados por el recurrente se reducen a los siguientes:

(1) el 3 de abril de 2013, luego de que él solicitara permiso para salir a tomar su dieta —que había dejado encima del buzón de correo y quejas—, la Oficial Santos le “argumentó violentamente y de manera desafiante que no podía recoger los alimentos dietéticos afuera […] [y que] los carreteros tenían que llevar la bandeja al interior de la sección”;1

(2) que ese mismo día, en su período de recreación le solicitó permiso a la Oficial Santos para entrevistarse con el personal de sociales y esta le “respondió agresivamente y me negó rotundamente la oportunidad”;2

(3) que al volverle a insistir en que le diera permiso para entrevistarse con el personal de sociales, la Oficial le “gritó de mala manera y gesticulando exaltadamente, que [él] le había pedido permiso para visitar la Sección Roja (argumento falso) y que alegadamente, no se permitía contacto alguno de los confinados en el área de los pasillos”;3

(4) que tras repetirle su necesidad a la Oficial, esta “comenzó a facilitarle la salida a los compañeros del módulo (sección verde) [...] abriéndole[s] el portón” [.]

Así las cosas y luego de un largo rato, la Oficial Santos, mirándome ofensivamente (muy mal), cerró el portón de mi celda y resumiendo, pude salir”;4

(5) y finalmente, el 8 de abril de 2013 tras solicitarle permiso para salir al área del buzón, la Oficial “volvió a lanzarme miradas de puro odio y en esta ocasión de manera prolongada; o sea desde que salí hasta que regresé a mis sección”.5

Luego de relatar los hechos reseñados, catalogó la conducta de la Oficial como “perturbante, ofensiva, degradante y lastimante”.6

Finalmente, indicó que en la mayor parte de las veces estuvo recibiendo su dieta fuera de su sección, por órdenes dadas por el Sargento Morales el “30 de marzo”, las cuales fueron dejadas sin efecto el 10 de abril de 2013.7

El 26 de junio de 2013 la Evaluadora Maritza Valentín Lugo emitió una respuesta, en la que acogió la contestación de la Sargento Griselle Morales. La Sargento Morales tenía su turno de supervisión de 6:00 a.m. a 2:00 p.m. en la sección del recurrente. Expresó en su respuesta que el recurrente en ningún momento se quejó de la conducta de la Oficial Santos. Sobre la dieta del recurrente, señaló que el Teniente Juan Flores le impartió instrucciones para que recibiera su dieta a la mano, toda vez que se había quejado en múltiples ocasiones de que le “abrían” su dieta. El recurrente tampoco quería que el confinado que preparaba sus alimentos fuera el mismo que luego se los llevara.

Añadió la Sargento Morales que al oficial de pasillo se le asignó la entrega personal de la dieta al recurrente. Debido a sus constantes quejas, la Sargento Morales tuvo que, en varias ocasiones, traer a la encargada de los alimentos, la señora Daisy Vélez a la celda para que el recurrente pudiera corroborar que sus alimentos estuvieran bien servidos.

El 29 de julio de 2013 el recurrente solicitó la reconsideración y adujo que en la respuesta no se atendió el asunto planteado sobre la conducta de la Oficial Santos. Sostuvo que la situación fue discutida con el Teniente Flores Dasta y no con la Sargento Griselle Morales. Añadió como “dato informativo” que tenía la autorización de la Sargento Morales para que se le permitiera salir del módulo para recoger su dieta del buzón y que esa autorización fue emitida el 30 de noviembre de 2012 y dejada sin efecto el 10 de abril de 2013.8

El 17 de septiembre de 2013 el Coordinador Regional de la División de Remedios Administrativos dictó la resolución en reconsideración en la que confirmó la respuesta emitida, tras evaluar la totalidad del expediente y concluir que fue responsiva. El Coordinador Regional concluyó que de la respuesta inicial se desprendía que el recurrente en ningún momento le presentó a la Sargento Morales las imputaciones que luego hizo contra la Oficial Santos en su solicitud de remedio. Concluyó, además, que en la respuesta emitida se le explicó al recurrente que, en cuanto al servicio de dietas, existen unas instrucciones del Teniente Juan Flores Dasta para que él reciba su dieta a la mano, con el fin de evitar inconvenientes en el proceso de servirle su dieta.

Inconforme, el recurrente acude ante este foro apelativo intermedio y nos solicita que revisemos y revoquemos la resolución recurrida. Aduce que erró el Departamento al no contestarle adecuadamente lo planteado en su solicitud de remedio y al no...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR