Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Enero de 2014, número de resolución KLAN201302045

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201302045
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución31 de Enero de 2014

LEXTA20140131-052 Pérez Jimenez v. Banco Santander de PR

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE FAJARDO

PANEL XII

PETRA PÉREZ JIMÉNEZ
Demandante-Apelante
v
BANCO SANTANDER DE PUERTO RICO
Demandado-Apelado
KLAN201302045
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Fajardo Civil Núm.: N1CI-2012-00011 Sobre: Cobro de Dinero

Panel integrado por su presidente, el Juez González Vargas, la Juez Nieves Figueroa y la Juez Rivera Marchand.

Rivera Marchand, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de enero de 2014.

Comparece ante este foro Petra Pérez Jiménez (en adelante “señora Pérez” o “apelante”) y solicita la revocación de la Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Fajardo (en adelante “TPI”) el 7 de noviembre de 2013.1 Mediante la referida Sentencia se desestimó la acción de cobro de dinero y se ordenó el archivo con perjuicio de ésta, a tenor con la Regla 39.2 (a) de Procedimiento Civil.

Evaluado el expediente, surge que ha transcurrido el término concedido al apelado para presentar su alegato, conforme a la Regla 22 del Reglamento de Tribunal de Apelaciones. Mediante Resolución al efecto que advertimos que procederíamos a resolver sin el beneficio de la comparecencia del apelado.

Por los fundamentos que discutimos a continuación, resolvemos revocar el dictamen recurrido.

I.

Los hechos procesales pertinentes para disponer del recurso de autos son los siguientes:

La señora Petra Pérez Jiménez presentó demanda en cobro de dinero contra elBanco Santander de Puerto Rico (en adelante “Banco”) y su compañía de seguro ABC el 12 de enero de 2012. Se alega en la demanda que la señora Pérez fue defraudada por el Banco, pues la institución bancaria le cambió unos cheques girados a su cuenta a un tercero no autorizado. En total, el Banco cambió e hizo efectivos veinticinco (25) cheques en distintas ocasiones, para un total de diecinueve mil quinientos veinticinco dólares ($19,525.00). El Banco contestó la demanda el día 19 de marzo de 2012.

Posteriormente, se le remitió a la señora Pérez una oferta transaccional efectuada por el Banco. El TPI, al recibir la moción de oferta transaccional emitió una Orden para que las partes se expresaran sobre la misma.2

El 8 de febrero de 2013 el TPI ordenó a que se cumpliera con las órdenes del 14 y 25 de octubre de 2012.3

Tras varios trámites procesales, incluyendo el relevo de la representación legal de la señora Pérez, el Banco presentó una Solicitud de Desestimación el 1 de marzo de 2013.4

En dicha solicitud informó que estaba dispuesto a aceptar un desistimiento sin perjuicio.

Así las cosas, el 13 de mayo de 2013 el TPI emitió una Orden en la cual se le indicó a la señora Pérez que debía cumplir con la Orden anteriormente notificada en 15 días finales, bajo el apercibimiento de sanciones económicas.5 Respondiendo al llamado del TPI, la nieta de la señora Pérez, Desiree Cruz Nevilles (en adelante “señora Cruz”), presentó una carta fechada 4 de junio de 2013. En la misma, informó que la señora Pérez, de 86 años, había sufrido una hemorragia cerebral, por lo que se encontraba hospitalizada en el estado de Nueva York. Además, expresó que se le había nombrado tutora judicial de la señora Pérez y que estaba dispuesta a aceptar alguna oferta de transacción realizada por el Banco, siempre y cuando no tuviera que trasladarse a Puerto Rico. El TPI replicó dicha carta mediante Orden el 10 de junio de 2013 y le recalcó a la señora Pérez o a su tutora judicial que debía hacer gestiones en quince (15) días para conseguir representación legal.6

El 17 de junio de 2013 el Banco presentó una nueva Solicitud de Desestimación en la cual indicó que el caso de epígrafe se debía desestimar con perjuicio, ante la alegada falta de interés por parte de la señora Pérez.7 Llegado a este punto, el 15 de agosto de 2013, el TPI le impuso una...

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